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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (06/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 6 de octubre de 2017 El Peruano / una autoridad administrativa pueda abstenerse de ejercer una atribución a su cargo debe: (i) existir una ley o un mandato judicial expreso que la faculte para ello; o (ii) requerirse que el Poder Judicial resuelva una cuestión controvertida de manera previa a su pronunciamiento, situación que no fue acreditada por la Municipalidad en el presente caso. SERGIO VALERIO SERRUTO BARRIGA Comisionado WALDIR CRYSTIAM ZANABRIA ORTEGA Secretario TécnicoComisión de la O fi cina Regional del Indecopi de Puno Delegación en Eliminación de Barreras Burocráticas 1572718-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción al OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 026-2017-OEFA/CD Lima, 4 de octubre de 2017VISTOS: El Informe N° 018-2017-OEFA/CTS, emitido por el Presidente de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del Ministerio de la Producción - PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; el Informe N° 209-2017-OEFA/OPP, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 424-2017-OEFA/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental ─a cargo de las diversas entidades del Estado ─ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley antes citada, señala que mediante Decreto Supremo refrendado por los sectores involucrados se establecerán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el OEFA, así como el cronograma para la transferencia del respectivo acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades. Asimismo, precisa que dentro de los treinta (30) días posteriores de haberse acordado todos los aspectos objeto de la transferencia con cada entidad, el Consejo Directivo del OEFA emitirá la respectiva Resolución que apruebe dicha transferencia y determine la fecha en que el OEFA asumirá las funciones transferidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, se aprueba el inicio del proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental relativas a los Subsectores Industria y Pesquería del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; disponiéndose en su Artículo 2° la conformación de una Comisión de Transferencia integrada por representantes de PRODUCE y OEFA, para apoyar el proceso de transferencia de funciones entre dichas entidades; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2011-OEFA/CD, se dispuso que el proceso de transferencia de los distintos subsectores de Industria debe asumirse de manera progresiva y priorizados de acuerdo a la Clasi fi cación Industrial Internacional Uniforme - CIUU; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 010-2012-OEFA/CD se inicia el proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA, precisándose que dicho proceso se realizará de manera progresiva conforme al cronograma que se apruebe para tal efecto; Que, en ese contexto, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA/CD se aprueba el Primer Cronograma de Transferencia de funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA, estableciéndose las fechas de transferencia de las actividades correspondientes a cerveza, papel, cemento y curtiembre; Que, el Artículo 2° de la Resolución antes señalada dispone que la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del PRODUCE al OEFA debe presentar la propuesta del cronograma respecto de las actividades objeto de transferencia progresiva que no se consideraron en dicha norma, a fi n que esta sea evaluada y aprobada oportunamente por el Consejo Directivo del OEFA; Que, mediante Informe Nº 018-2017-OEFA/CTS del 19 de setiembre de 2017, la Comisión de Transferencia antes señalada presentó la propuesta del Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; sustentándola en los siguientes argumentos: (i) se ha efectuado considerando la equivalencia de la revisión cuatro de la Clasi fi cación Industrial Internacional Uniforme - CIIU, vigente a la fecha; y, (ii) los representantes de la Comisión de Transferencia han realizado la validación de la equivalencia en la revisión cuatro de la CIIU de las actividades objeto de transferencia en el Sétimo Cronograma; Que, se ha veri fi cado que la propuesta del Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones: (i) cumple con las formalidades establecidas en el Artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA/CD; (ii) considera la equivalencia en la revisión cuatro de la CIIU; y, (iii) cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, en ese sentido, corresponde emitir la Resolución que apruebe el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de PRODUCE al OEFA; Que, mediante Acuerdo N° 035-2017, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 019-2017 del Consejo Directivo realizada el 3 de octubre de 2017, se acordó por unanimidad aprobar el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación de acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM; la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA/CD; y, en ejercicio de la atribución conferida por el Literal n) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia,