Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 7 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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abogado César Alejandro Zelaya Tafur como miembro suplente de la Segunda Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones (CONAS) del Ministerio de la Producción; siendo necesario dar por concluida la citada designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 094-2013-PRODUCE, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor César Alejandro Zelaya Tafur como miembro suplente de la Segunda Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, efectuada mediante el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 228-2015-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1573976-1

sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, Director General para Asuntos Culturales, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 13 de octubre de 2017, con el fin de participar en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando la salida del país del 12 al 14 de octubre de 2017: Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137179 Promoción y Protección Cultural en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 1,197.90 Viáticos Número por Total viáticos de día US$ días US$ 370.00 1+1 740.00

Nombres y Apellidos Javier Eduardo León Olavarría

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Argentina y Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0680/RE-2017 Lima, 5 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, realizadas las coordinaciones entre los Gobiernos de Perú y Argentina, se acordó que el 13 de octubre de 2017, se realizará la III Reunión de la Comisión Mixta Cultural y Educativa Perú-Argentina, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, en la agenda de la referida reunión se tratarán temas especializados relacionados a la cooperación, intercambio y difusión de experiencias y manifestaciones culturales; la cooperación y el intercambio de programas culturales; conservación, protección y promoción del patrimonio cultural e inmaterial de ambos países; así como de información, conocimientos, asesoría y cooperación en áreas de la educación; Que, se estima conveniente la participación del Director General para Asuntos Culturales, a fin de representar a la Cancillería en la referida Comisión Mixta Cultural y Educativa Perú-Argentina; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2844, del Despacho Viceministerial, de 20 de septiembre de 2017; y la Memoranda (DPC) N° DPC00007/2017, de la Dirección de Política Cultural, de 1 de septiembre de 2017; y (OPR) N° OPR00316/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 3 de octubre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1573199-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0681/RE-2017 Lima, 5 de octubre de 2017 VISTA: Las coordinaciones efectuadas en seguimiento a la reunión de Cancilleres del Perú y del Ecuador sostenida, el 13 de julio pasado, con el objetivo de sostener una reunión a nivel de Viceministros a fin de abordar diversos temas de la relación bilateral; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones acordadas por ambos Cancilleres, los señores Viceministros de Relaciones Exteriores se reunieron en la ciudad de Lima, el 24 de julio pasado y acordaron sostener una segunda reunión, la misma que tendrá lugar el 12 de octubre, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, conforme a las coordinaciones efectuadas con las autoridades ecuatorianas; Que, acompañarán al señor Viceministro el Director General de América, el Director de América del Sur y el Jefe del Departamento de Ecuador de esta Cancillería; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2906 del Despacho del Viceministro, del 27 de septiembre de 2017, y la Memoranda (DGA) Nº 00631/2017 del 27 de septiembre de 2017 de la Dirección General de América; y (OPR) N° OPR00313/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, del 2 de octubre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

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