Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 13 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del "Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos", que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial; el mismo que consta de treinta y nueve (39) artículos, tres (3) disposiciones complementarias finales y dos (2) anexos. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos. Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 217-2015-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1575734-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias de recursos a favor de diversas entidades ejecutoras, en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 110-2017-DV-PE Lima, 11 de octubre de 2017 VISTO: El Memorándum N°0207-2017-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo N° 01 que detalla las actividades, entidades ejecutoras e importe a ser transferido; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose

en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informes N° 002-2017-DV-DAT y N° 0074-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2017, DEVIDA suscribió Adendas, con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de Actividades hasta por la suma de NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 SOLES (S/ 963,944.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal N° 00243, 00244 y 01260; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que este documento forma parte de los Informes Previo Favorable N° 005-2017-DV-OPP/UPPTO; y N° 028-2017-DVOPP-UPPTO adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de las actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias financieras hasta por la suma total de NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 SOLES (S/ 963,944.00), para financiar las citadas actividades, a favor de las Entidades Ejecutoras que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias financieras autorizadas por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.