Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2017 (15/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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del Diagnóstico de la Desigualdad Salarial entre Hombres y Mujeres en el Estado" propuesta por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 0682017-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N°062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la "Guía Metodológica del Diagnóstico de la Desigualdad Salarial entre Hombres y Mujeres en el Estado" y anexos, que contiene el instructivo que deberán seguir las entidades públicas para la elaboración de sus diagnósticos de la brecha salarial entre hombres y mujeres. Artículo 2°.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución y dentro del plazo de noventa días calendarios contados desde el día siguiente de su publicación, las entidades públicas deberán remitir a SERVIR los diagnósticos referidos en el artículo precedente, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 068-2017-PCM. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y de la "Guía Metodológica del Diagnóstico de la Desigualdad Salarial entre Hombres y Mujeres en el Estado" y anexos en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1576253-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 143-2017-CONCYTEC-P Lima, 12 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 028-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 405-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, y el Informe Nº 229-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de

presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos ­ Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante Oficio Nº 405-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 7'061,090.39, a favor de los ganadores del Concurso Esquema Financiero EF-033, denominado "Programas de Doctorado en Universidades Peruanas" ­ Convocatoria 2015 -I, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 156-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 028-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades públicas y personas jurídicas privadas, a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/1'896,115.41), de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 689,694), de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 1'559,500.64), de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 1'793,712.00) y de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 1'122,068.34), por el importe total ascendente a S/ 7'061,090.39, para cofinanciar los programas y/o proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal, los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000626, N° 0000000637 y N° 0000000650, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 156-2015-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar la Transferencia Financiera y Subvención a Personas Jurídicas para cofinanciar los proyectos de las instituciones públicas e instituciones privadas aprobadas mediante Convenios de Subvención suscritas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados, en los convenios suscritos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las Transferencias Financieras y Subvenciones a personas jurídicas solicitadas cuentan con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 028-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 229-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado

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