Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2017 (15/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
Señor Rafael Eduardo García Melgar Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso De Aeropuerto ­ TUUA) Manutención US $ US $

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494,96 814,00

estrategias de cooperación pública privada, especialmente en los asuntos aduaneros y logísticos, como la forma más eficiente de promover nuevas cadenas globales de valor; Que la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero y de reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, toda vez que se podrán adquirir conocimientos en los temas de su competencia, con el objeto de contribuir al desarrollo económico global y reforzar los mecanismos de cooperación y asistencia técnica que coadyuven a facilitar y asegurar el comercio internacional; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza y considerando que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/ SUNAT, conforme al Informe Técnico Electrónico N° 00006-2017-SUNAT/313100 de fecha 5 de octubre de 2017, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento del trabajador Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Rafael Eduardo García Melgar del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2017; Que los gastos por concepto de alojamiento y traslado serán asumidos por los organizadores del evento, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y la manutención serán asumidos con cargo al presupuesto de la SUNAT, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2017, para participar en el 48° Congreso y Asamblea General de la ASAPRA y en el XIX Congreso Internacional de la FITAC, que se llevarán a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 1 al 3 de noviembre de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1576095-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan la participación de magistrada en el III Programa Latinoamericano de Capacitación para Jueces que se realizará en Chile
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 128-2017-P-CE-PJ Lima, 5 de octubre de 2017 VISTOS: La resolución de fecha 12 de setiembre de 2017, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el Oficio N° 1685-2017-GG-PJ, del Gerente General (e) del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante resolución del 12 de setiembre del año en curso, ante la Comunicación N° 301 2017/ DE/JA remitida por el Director Ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas - CEJA, se autorizó a la Gerencia General del Poder Judicial sufragar los gastos parciales para la participación de la señora Jenny Soledad Tipacti Rodríguez, Jueza Penal Unipersonal titular de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, en el III Programa Latinoamericano de Capacitación para Jueces, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 16 al 20 de octubre del presente año, con una duración de 34 horas cronológicas. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial remite el Memorando N° 3032-2017-GAFGG/PJ, elaborado por la Gerencia de Administración y Finanzas, en el cual se indica que se otorgará a la jueza mencionada la suma de US$ 500.00 dólares americanos por concepto de inscripción al referido programa; asimismo, que el Poder Judicial asumirá los gastos de instalación y viáticos al exterior por comisión de servicio. Tercero.- Que, resulta de interés para el Poder Judicial realizar todas las acciones que tengan por objetivo propiciar las actividades que coadyuven al perfeccionamiento de jueces y personal de este Poder del Estado, que redundará en un mejor servicio de administración de justicia. Por lo que, es pertinente la participación de la nombrada jueza titular en la actividad a la que postuló; correspondiendo a la institución

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