Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2017 (16/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Lunes 16 de octubre de 2017 /

El Peruano
Tarifa (S/) 23,55 28,81 15,11 16,45 21,51 2,85 2,85 2,85 2,85 2,85 3,34 3,28 3,28 3,34 11,59 14,34 22,07

OSITRAN, corresponde que el Consejo Directivo apruebe la Fijación Tarifaria de los Servicios Especiales a ser prestados en el Terminal Portuario de Yurimaguas-Nueva Reforma"; Que, luego de evaluar y deliberar el caso materia de análisis, el Consejo Directivo hace suyo el Informe Tarifario de Vistos, incorporándolo íntegramente en la parte considerativa de la presente Resolución de conformidad con lo establecido por el numeral 6.2. del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 27838, de conformidad con las facultades atribuidas por la Ley Nº 26917 y la Ley Nº 27332, y a lo dispuesto en Sesión de Consejo Directivo Nº 620-17-CD-OSITRAN, de fecha 09 de octubre de 2017. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Determinar las Tarifas de los siguientes Servicios Especiales a ser brindados en el Terminal Portuario de Yurimaguas - Nueva Reforma, de acuerdo al Anexo 1 de la presente Resolución : · Almacenamiento del cuarto día en adelante · Embarque/descarga de contenedores IMO de 20 pies · Consolidación/desconsolidación de contenedores · Pesaje adicional por contenedor o carga fraccionada · Colocación/remoción de etiquetas, precintos · Suministro de energía eléctrica a contenedores reefer Artículo 2º.- Las tarifas a que se refiere el artículo 1º entrarán en vigencia en un plazo de diez (10) días hábiles de publicado el tarifario de la Entidad Prestadora, publicación que deberá efectuarse al quinto día hábil de notificada la presente Resolución, de conformidad con el RETA. Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido en la cláusula 9.5 del Contrato de Concesión las Tarifas de los Servicios Especiales determinadas en el presente procedimiento tarifario podrán ser revisadas a partir del 15 de diciembre de 2021, considerando que la explotación de la Concesión inició el día 15 de diciembre de 2016. Artículo 4º.- A partir del quinto Año de la Concesión, esto es, desde el 31 de mayo de 2016, el Concesionario puede reajustar anualmente las Tarifas de los Servicios Especiales siguiendo la fórmula descrita en la Cláusula 9.7 del Contrato de Concesión. Artículo 5º.- Notificar la presente Resolución a la Entidad Prestadora Concesionaria Puerto Amazonas S.A., disponiendo su aplicación de conformidad con el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de la Exposición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Asimismo, disponer la difusión del Informe de Fijación Tarifaria de los Servicios Especiales a ser prestados en el Terminal Portuario de YurimaguasNueva Reforma, en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo ANEXO Nº 1 Tarifas para los Servicios Especiales (no incluyen IGV)

Servicio Especial Del día 11 al día 15 Del día 16 en adelante Contenedores vacíos Del día 4 al día 8 Del día 9 al día 15 Del día 16 en adelante Carga fraccionada en almacén descubierto1/ Del día 4 al día 8 Del día 9 al día 15 Del día 16 en adelante Carga fraccionada en almacén cubierto Del día 4 al día 8 Del día 9 al día 15 Del día 16 en adelante Carga fraccionada en almacén refrigerado2/ Del día 1 al día 8 Del día 9 al día 15 Del día 16 en adelante Carga rodante Del día 4 al día 8 Del día 9 al día 15 Del día 16 en adelante Carga peligrosa Recargo por carga peligrosa en contenedores Recargo por carga fraccionada peligrosa Carga de proyecto Recargo por carga sobredimensionada Embarque/descarga de contenedores IMO-20 pies4/ Consolidación/desconsolidación

Unidad de cobro TEU/día TEU/día TEU/día TEU/día TEU/día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día Tonelada /día

TEU/día Tonelada/día TEU/día o Tonelada/ día 3/ Contenedor

31% 36%

50% 396,05

Contenedor de 20 pies con carga paletizada Contenedor Contenedor de 20 pies con carga suelta Contenedor de 40 pies con carga suelta Pesaje adicional Contenedores Carga fraccionada/suelta Colocación/remoción de etiquetas, precintos Suministro de energía a contenedores reefer Contenedor Camión Contenedor Contenedor/ hora Contenedor Contenedor Contenedor de 40 pies con carga paletizada Contenedor

487,70 687,70 681,88 859,08 36,31 69,24 32,29 6,30

1/ El recargo aplica sobre la tarifa del servicio de almacenamiento de contenedores llenos. 2/ El recargo aplica sobre la tarifa del servicio de almacenamiento de carga fraccionada, según tipo de almacén. 3/ El recargo aplica sobre la tarifa del servicio de almacenamiento de contenedores llenos o carga fraccionada, dependiendo del tipo de carga de que se trate. 4/ Incluye la Tarifa por el Servicio Estándar. Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Servicio Especial Almacenamiento del cuarto día en adelante Contenedores llenos Del día 4 al día 10 TEU/día 21,89 Unidad de cobro Tarifa (S/)

El 31 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal Portuario de Yurimaguas ­ Nueva Reforma (en adelante, el Contrato de Concesión) entre el Estado de la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes

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