Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2017 (22/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

50

NORMAS LEGALES

Domingo 22 de octubre de 2017 /

El Peruano

· Dictar, Decretos y Resoluciones de Alcaldía relacionados a las funciones delegadas en el marco de la ley, · Dirigir los Planes de Desarrollo Municipal, · Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto a los ingresos y autorizar los egresos de conformidad a los fines establecidos y a la normatividad vigente. 3.- Organización del Espacio Físico y Uso del Suelo: · Aprobar el Plan Urbano del Centro Poblado según corresponda, con sujeción al plan y a las normas de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y del distrito de Aucará, · Autorizar y fiscalizar la ejecución del Plan de Obras de Servicios Públicos o Privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como las modificaciones, previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental, · Disponer de la nomenclatura de los jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial. · Normar, regular y calificar, otorgando autorizaciones, certificados, derechos y licencias de apertura de establecimientos comerciales, artesanales y otros, · Realizar el cobro de arbitrios e impuesto predial. 4.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD, SERVICIOS, SEGURIDAD Y SALUD: · Realizar el Servicio de Limpieza Pública, determinando áreas de acumulación de residuos sólidos y controlar el cumplimiento de las normas de higiene local, distrital y provincial, · Administrar el Servicio público de Agua Potable y Desagüe, así como regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, viviendas, instituciones educativas, cementerio y demás lugares públicos. 5.- TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO: · Establecer la señalización de las calles y vías de acuerdo con la normatividad de regulación provincial y coordinación con la municipalidad distrital de Aucará. 6.EDUCACIÓN, RECREACIÓN: CULTURA, DEPORTE Y

Artículo 6º.- USO DE LOS RECURSOS: Loa montos transferidos mensualmente serán destinados única y exclusivamente para el desempeño de las competencias y funciones materia de delegación y sostenimiento. Artículo 7º.- RENDICIÓN DE CUENTAS: La Municipalidad del Centro poblado de Chacralla, deberá rendir cuentas de los recursos recibidos en forma mensual y de manera documentada tanto a la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio, como a la Municipalidad Distrital de Aucará, según corresponda bajo responsabilidad de su Alcalde. Artículo 8º.- ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVASECONÓMICAS: Delegar a la Municipalidad del Centro Poblado de Chacralla, las atribuciones necesarias para el cobro de arbitrios en su jurisdicción, debiendo rendir cuenta mensualmente de la recaudación. Los recursos recaudados forman parte del monto a transferirse. Artículo 9º.- DEL CUMPLIMIENTO: Encargar a la Gerencia Municipal y demás Gerencias de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- DISPOSICIONES FINALES: Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio para dictar las normas complementarias y reglamentarias con sujeción a la presente Ordenanza. Tercera.- La asignación mensual de los S/ 500.00 nuevos soles de cada Centro Poblado aprobados en el presupuesto participativo provincial correspondiente al año 2018, deberán ser desembolsados en su totalidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del palacio municipal de Puquio a los 05 días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete. WILBER A. VELARDE ROJAS Alcalde 1578390-1

· Promover actividades específicas en la materia. 7.- SEGURIDAD CIUDADANA: · Establecer el Sistema de Seguridad Ciudadana con participación efectiva de la sociedad civil en coordinación con la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y la Municipalidad Distrital de Aucará. 8.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL: · Los vecinos de la Municipalidad del Centro Poblado de Chacralla, participarán a través de las Juntas Vecinales Comunales, en la gestión y administración del gobierno municipal. Artículo 5º.- DE LOS RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO: La Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y la Municipalidad Distrital de Aucará, transferirán un porcentaje de sus recursos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), provenientes del Gobierno Nacional en forma mensual al Centro Poblado de Chacralla, en proporción a su población y a los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la función delegada. La percepción de los recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Chacralla, facultadas mediante la presente Ordenanza Municipal viene a constituir recursos transferidos por parte de la Municipalidad Provincial de Lucanas y la Municipalidad Distrital de Aucará, debiendo rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Provincial los importes recaudados por dicho concepto.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 142-2017-ALC/MDSDO Santo Domingo de los Olleros, 13 de octubre del 2017 LA ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS DE LA PROVINCIA DE HUAROCHIRÍ. VISTO: El Informe Nº 002-2017-COMISION-CAS-MDSDO, de fecha 13-10-17; por la cual se ha comunicado a este despacho de los resultados del CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CAS Nº 001-CAS-2017-MDSDO, en la que resultó ganador el ABOG. ECHEVARRIA CUSIHUAMAN ALEX SANDRO para el cargo de Ejecutor Coactivo; corresponde en ese caso designarse en el referido cargo y disponerse se materialice el respectivo contrato CAS y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.