Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 25 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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comercialización, almacenamiento y otras actividades relacionadas al ciclo de vida de los plaguicidas de uso agrícola; Que, el registro de un plaguicida de uso agrícola se concede sobre la base de especificaciones aprobadas de un producto, los cuales proporcionan la seguridad que los datos presentados se originaron utilizando un producto suficientemente semejante al que se propone para el registro y que está de acuerdo con las normas establecidas; por lo que, el producto formulado y comercializado deberá ajustarse a las especificaciones declaradas y aprobadas para el registro; Que, todo cambio en el plaguicida de uso agrícola puede originar riesgos inadmisibles o alterar su eficacia. Por consiguiente, es importante que se observe, regularmente, la calidad de los plaguicidas existentes en el mercado para que se tenga la seguridad que los productos servirán para los usos destinados tal como se indica en la etiqueta; Que, adicionalmente, se debe señalar que los cambios de temperatura, las condiciones de almacenamiento, el envasado y otros agentes externos pueden afectar la calidad del plaguicida; por lo que, dichas condiciones deberán ser tomadas en cuenta al momento de verificar la calidad de los productos; Que, según el numeral 50.2 del Artículo 50º del Decreto Supremo Nº001-2015-MINAGRI, Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola, el SENASA queda facultado para examinar y analizar los plaguicidas de uso agrícola desde su importación o fabricación/ producción hasta el expendio en el establecimiento comercial, tomando las muestras necesarias del producto en las aduanas o almacenes de los titulares de registro, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales; Que, por su parte, el numeral 50.1 del Artículo 50º Reglamento acotado señala que el SENASA anualmente aprobará mediante Resolución del órgano de línea competente el Programa Nacional de Verificación de la Calidad de Plaguicidas de Uso Agrícola; que entre otros, establecerá los plaguicidas de uso agrícola a ser analizados a nivel nacional y el cual será publicado en la página Web del SENASA; Que, asimismo, la norma mencionada dispone que: "Los importadores, fabricantes/productores, formuladores, envasadores, distribuidores y establecimientos comerciales están obligados a brindar las facilidades del caso a los funcionarios del SENASA o entes acreditados con funciones de supervisión o inspección, a fin de que realicen su labor y la toma de muestras de plaguicidas para la verificación oficial de las especificaciones técnicas. Del mismo modo, deberán reponer en los establecimientos o almacenes, los productos cuyos envases o empaques hayan sido extraídos o abiertos para tal fin por los funcionarios del SENASA, ya sea en forma física o por otros mecanismos que estos consideren"; Que, de otro lado, el Artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene por función, entre otras, la de conducir el sistema de verificación de la calidad de plaguicidas químicos de uso agrícola y productos biológicos para el control de plagas agrícolas; Que, estando a ello, corresponde a esta Dirección iniciar el proceso de verificación de la calidad de los plaguicidas de uso agrícola para el año 2017, a fin de asegurar a los usuarios que el producto que están utilizando cuenta con el registro del SENASA y cumple con las características técnicas con las que fue registrado y/o cumplen con las especificaciones técnicas de la FAO, garantizando al agricultor que el uso de estos productos le permitirá el manejo de la plaga en niveles que no causen daños económicos; De conformidad con el Título V del Decreto Ley No. 25902, Decreto Supremo Nº001-2015-MINAGRI, Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria; y, con el visado de la Subdirección de Insumos Agrícolas y de la Oficina de Asesoría Jurídica.

Artículo 1º.- Aprobación del "Programa Nacional de Verificación de la Calidad de los Plaguicidas de Uso Agrícola para el año 2017" Apruébese el "Programa Nacional de Verificación de la Calidad de los Plaguicidas de Uso Agrícola para el año 2017", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe) conjuntamente con el "Programa Nacional de Verificación de la Calidad de los Plaguicidas de Uso Agrícola para el año 2017". Artículo 3°.- Implementación y ejecución Encárguese a la Subdirección de Insumos Agrícolas que proceda a la implementación y ejecución del "Programa Nacional de Verificación de la Calidad de los Plaguicidas de Uso Agrícola para el año 2017". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUE CARRASCO VALIENTE Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1579230-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 408-2017-MINCETUR Lima, 23 de octubre de 2017 Visto el Oficio Nº 485-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en como parte de las actividades de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ se ha previsto participar en el "V Foro Internacional de Marca País", evento organizado por la Autoridad del Turismo de Panamá, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 26 y 27 de octubre de 2017, con el objetivo de establecer nuevas redes de contactos y alianzas con otros países para el intercambio de experiencias y optimizar la estrategia de gestión de la Marca País, específicamente en el trabajo conjunto en los temas de protección, procurando una mejor administración de los derechos de la misma; asimismo, el día 25 de octubre de 2017 se realizarán reuniones con representantes de otros países asistentes al evento; Que, es importante la participación en este evento, porque constituye un encuentro de representantes de marcas país para promover un espacio para el conocimiento, intercambio de experiencias y nuevos desafíos para su protección y desarrollo, teniendo en

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