Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de octubre de 2017 /

El Peruano

antes y durante la celebración de la fiesta de la Santísima Cruz en Panahua; Que, los danzantes se dividen en cuatro espacios; en el primero se ubican dos danzantes varones que cargan el anda de la Santísima Cruz la cual está adornada con flores del lugar. En el segundo espacio se hallan dos danzantes que llevan a una llama macho la cual porta zarcillos de colores, un jaquimón hecha de lana de llama y teñido con tintes naturales de la zona y, tres cencerros como símbolo de guía del ganado. El camélido lleva una olla de barro en el lomo que contiene una mazamorra a base de maíz y carne de llama o alpaca conocida como lawaras, merienda tradicional de los llameros de Panahua. En el tercer espacio, se encuentra la mujer tocando la tinya. Los danzantes de estos tres espacios demuestran la relación entre la liturgia católica representada por la Santísima Cruz, la actividad del llamero a través de la presencia y veneración a la llama y, la labor de la mujer como encargada de la labor textil así como de la preparación de viandas. En el cuarto y último espacio, se ubican alrededor de nueve parejas de danzantes que se colocan en dos filas, uno de los danzantes es el llamero guiador quien se encarga de indicar los movimientos de la danza; Que, antes de la ejecución de la danza, los danzantes se colocan de rodillas y con las manos en el suelo para venerar a la Pachamama y a los Apus, luego levantan las manos para adorar a la Santísima Cruz. La coreografía presenta dos movimientos principales, el movimiento del llamero donde el danzante levanta los pies intercalándolos y cruzándolos rítmicamente de derecha a izquierda y viceversa, sacudiendo una mano de izquierda a derecha. El otro movimiento se denomina movimiento del kivio, los danzantes parcialmente encorvados hacen un círculo en el mismo lugar, se empieza del lado derecho y se finaliza en el lado izquierdo. Ambos movimientos representan el andar del kivio (Tinamotis pentlandii), ave conocida también como perdiz de la puna, que habita entre los 3 800 y los 5 500 m.s.n.m. y que forma parte de la fauna local; Que, al finalizar la danza, ambas filas de danzantes forman un círculo y los danzantes encargados de la llama, la dirigen al centro de este, donde invitan a las autoridades y al devoto y mayordomo de la fiesta a acompañarlos. Cuando las autoridades y el devoto están dentro del círculo los llameros les ofrecen lawaras. Posteriormente, se realiza el ritual denominado tinkamiento, donde se rocía chicha de maíz blanco sobre la llama, acto que simboliza el pase del cargo de la fiesta del mayordomo al devoto. El nuevo mayordomo muestra la aceptación del cargo cuando sujeta el jaquimón de la llama. El tinkamiento es un ritual relacionado a la ganadería y a la agricultura que sigue vigente en celebraciones de comunidades andinas como ofrenda de agradecimiento a la madre tierra con el fin de obtener una buena cosecha y el incremento del ganado. En este caso en particular, la danza forma parte del rito de cambio de mayordomía, obligación social que contribuye a la integración de la comunidad; Que, la danza Llameritos de Panahua es acompañada musicalmente por un violín y un arpa y, los músicos portan el mismo atuendo que los danzantes. En la actualidad, los jóvenes son los que integran principalmente el conjunto de músicos ya que tienen la fortaleza para acompañar la danza ejecutando los instrumentos durante su traslado dentro de la localidad; Que, la transmisión de la coreografía y de la música de la danza se da de forma intergeneracional, se inicia en la infancia y es aprendida por medio de la observación de niños, niñas y jóvenes durante la celebración de la fiesta de la Santísima Cruz. Asimismo, danzantes y músicos adultos animan a los jóvenes a participar en la comparsa y les enseñan los movimientos de la danza así como las partituras de los instrumentos ejecutados. Cabe señalar que según el expediente la participación de nuevas generaciones ha incrementado en los últimos años, lo que muestra la importancia de la danza para la población y su continuidad; Que, la danza Llameritos de Panahua evoca la ancestralidad de la actividad ganadera vinculada al intercambio, reforzando la memoria colectiva y fortaleciendo el vínculo entre la población y su entorno, así como el reconocimiento y respeto de su flora y fauna. Asimismo, permite reafirmar la identidad de Panahua como una localidad dedicada -desde la época

prehispánica- a la ganadería, la cerámica, la textilería y el intercambio. Así mismo, es importante la presencia de la danza y de las ofrendas rituales a la Pachamama dentro de la celebración de la Santísima Cruz, ya que manifiesta elementos de la cosmovisión andina vigentes después de la evangelización; Que, conjuntamente con las referencias alegadas en el Informe N° 000259-2017/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y significados de la danza Llameritos de Panahua del anexo de Panahua, del distrito de Orcopampa en la provincia de Castilla, departamento de Arequipa; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Llameritos de Panahua, del distrito de Orcopampa, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por ser una danza que representa el estrecho vínculo entre la población y su medio ambiente, al ser una muestra de la coexistencia armónica de ritos andinos y católicos, por evocar actividades económicas sostenibles y vigentes como la ganadería, la cerámica, la textilería y el intercambio de productos a través del trueque, todo lo cual permite afianzar la identidad y el sentido de pertenencia de sus portadores con su localidad e historia. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe N° 000259-2017/DPI/DGPC/VMPCIC/MC. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 000259-2017/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC a las autoridades del anexo de Panahua, del distrito de Orcopampa, de la provincia de Castilla, departamento de Arequipa, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1579304-1

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