Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1580067-1

Modernización; el Informe N° 027-2017-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 1193-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2013-JUS se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00652017-JUS se modificó el TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos eliminando procedimientos administrativos y adecuándolo a las medidas de simplificación administrativa dispuestas en los Decretos Legislativos N° 1246 y 1272; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, lo cual trajo consigo una modificación a la estructura organizacional de la entidad, razón por la cual resulta necesario adecuar el TUPA a lo establecido en el precitado documento normativo; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Oficio de vistos, propone la modificación de diversos procedimientos administrativos establecidos en el TUPA de la Entidad, en atención al Informe de vistos emitido por la Oficina de Organización y Modernización de dicha Oficina General; Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, estipula que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del organismo autónomo, conforme a la Constitución Política del Perú o por Resolución del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, asimismo, el numeral 39.1 del artículo 39 de la precitada norma, establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, en este contexto normativo y en atención a lo informado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la modificación propuesta a fin de adecuarla al marco legal vigente; Con el visado del las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 39.1 del artículo 39 y el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2,- Publicación El Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se publicará en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia

Designan Director de la Dirección de Derechos Fundamentales del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1068-2017-IN Lima, 24 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de libre designación y remoción de Director de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor público que asuma el mencionado cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Javier Ernesto Ruiz-Eldredge Vargas, en el cargo público de Director de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1580067-2

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0267-2017-JUS Lima, 19 de octubre de 2017 VISTOS, el Oficio N° 865-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y

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