Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2017 (19/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 19 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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iv.- Informe Médico elaborado por el Médico Internista de la Red Asistencial EsSalud Huancavelica, de fecha 6 de noviembre de 2015, que recomienda control periódico por enfermedad por medicina interna; no realizar esfuerzos que demanden gran actividad física; y, cambio de ámbito laboral; y, v.- Informe Médico elaborado por el Neumólogo del Hospital II EsSalud de Huancavelica, que recomienda controles periódicos preventivos; y, señala que considera que la hipoxia hipobárica relacionada con las alturas extremas pueden incidir de manera negativa sobre un adecuado control de la presión arterial; por lo que, sugiere residir en ciudad de menor altura. De otro lado, se ha verificado que la Resolución Administrativa N° 1226-2015-P-CSJHU/PJ ha verificado que el juez superior recurrente no se encuentra incurso en la causal de incompatibilidad prevista en la Ley de la Carrera Judicial; así como, en las causales de impedimento establecidas en los artículos 9° y 10° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, como se advierte del Informe N° 001-2015-P-CSJHU/PJ, de fecha 30 de diciembre de 2015. Sexto. Que, consecuentemente, este Órgano de Gobierno considera que se encuentra justificada la petición de traslado, estableciéndose como plaza de destino la Corte Superior de Justicia del Callao, que tiene plaza vacante de Juez Superior, conforme aparece del Cuadro de Plazas Vacantes de Jueces a nivel nacional. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 6222017 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe del señor De Valdivia Cano. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud de traslado por causal de salud presentada por el juez recurrente; en consecuencia, DISPONER el traslado del señor Orlando Tapia Burga, Juez Superior titular de la Corte Superior de Huancavelica; a una plaza de similar jerarquía en la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo Segundo.- Comunicar el traslado del mencionado juez al Consejo Nacional de la Magistratura, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huancavelica y del Callao, juez recurrente; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1566243-11

Superiores de Justicia del país que han cumplido con publicar la programación de vistas de causa. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Resolución Administrativa Nº 213-2016-CE-PJ, de fecha 24 de agosto de 2016, dispuso en su artículo primero que las Cortes Superiores de Justicia del país deberán publicar los días viernes de cada semana, en sus correspondientes portales web, la relación de causas que diariamente y en el transcurso de la siguiente semana serán vistas por cada una de las Salas Superiores Permanentes y Transitorias que la integran; estableciéndose en el artículo tercero que la publicación de la información debía iniciarse a partir del viernes 9 de setiembre de 2016, y estaría a cargo del responsable del portal web de cada Corte Superior. Asimismo, en su artículo sétimo se encargó a la Oficina de Productividad Judicial el monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto en dicha resolución administrativa. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 256-2016-CE-PJ, del 5 de octubre de 2016, se dispuso en su artículo primero el estricto cumplimiento de las medidas establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ, por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, de los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ, desde el 9 de setiembre de 2016 hasta la actualidad, las Salas Superiores Permanentes y Transitorias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Ventanilla, han cumplido con publicar todas las semanas la programación de sus causas a ser vistas en sus correspondientes portales web. Cuarto. Que el artículo 233° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que la conducta funcional y rendimiento de los magistrados y auxiliares del Poder Judicial será objeto de reconocimiento por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. En ese sentido, el esfuerzo de los jueces y personal que integran las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Ventanilla, merece ser reconocido públicamente. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 6282017 de la trigésima primera sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lecaros Cornejo, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; sin la intervención de los señores Consejeros De Valdivia Cano por encontrarse en comisión de servicio y Ruidías Farfán por razones de salud; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Felicitar a los señores jueces y personal que integran las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Ventanilla, por haber cumplido todas las semanas con la publicación de la programación de sus causas a ser vistas, desde el 9 de setiembre de 2016, fecha en que se implementó dicha medida de transparencia; de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejeros Responsables de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de las Cortes Superior de Justicia de Lima Este y Ventanilla, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1566243-12

Felicitan a jueces y personal que integran las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Ventanilla, por haber cumplido con lo establecido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 253-2017-CE-PJ Arequipa, 14 de agosto de 2017 VISTOS: El Oficio N° 694-2017-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 052-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; respecto a las Cortes

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