Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2018 (05/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 5 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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prevención y control de la contaminación sonora en su ámbito, (b) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones dadas en el presente reglamento con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora en el marco establecido por la Municipalidad Provincial; Que según el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, Las municipalidades provinciales en coordinación con las municipalidades distritales, elaborarán planes de acción para la prevención y control de la contaminación sonora con el objeto de establecer las políticas, estrategias y medidas necesarias para no exceder los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Ruido; Que el artículo 13º de la Ordenanza Nº 1965 - MML - Ordenanza Metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora, establece que el programa se elabora de forma anual y se aprueba por Decreto de Alcaldía, asimismo, considerado como un instrumento de control en materia de ruido ambiental para las municipalidades distritales; Que, según Informe Nº 027-2018-GSPyGA/MDSMP de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres formula y presenta el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de San Martín de Porres 2018; De conformidad con los artículos 20, inciso 6), y 42 de la ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de San Martín de Porres 2018, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, a la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal y a la Sub Gerencia de Transporte Local el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, a la Subgerencia de Logística y Gestión Patrimonial la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnología de la Información la publicación en la página web de la municipalidad: www. mdsmp.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publícase y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1632723-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018/MVMT Villa María del Triunfo, 26 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Informe Nº 012-2018-ACQG/GGA/MVMT del personal técnico Ambiental de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Memorándum Nº 185-2018-GGA/ MVMT de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 136-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 2º, numeral 22), consagra el derecho fundamental de la persona el gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, resaltando la importancia de la salud de los habitantes del territorio Nacional; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, define que las municipalidades son órganos de gobierno local; y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que, el numeral 115.2) del Artículo 115º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente, establece que los gobiernos locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales; así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA); Que, el sub numeral 3.4) del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Distritales tienen entre sus funciones exclusivas, fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos, gases, ruidos, y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido", establece los lineamientos generales para que entidades como las Municipalidades Distritales, implementen instrumentos normativos que coadyuven a desarrollar sus respectivos planes de prevención y control de la contaminación sonora en su jurisdicción; Que, el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 1965-MML "Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora", señala que el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora es el instrumento de control en materia de ruido ambiental que las municipalidades distritales utilizan para la prevención de la contaminación sonora; Que, con Memorándum Nº 185-2018-GGA/MVMT la Gerencia de Gestión Ambiental en atención al Informe Nº 012-2018-ACQG-GGA/MVMT, formula el proyecto normativo para la aprobación del Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito de Villa María del Triunfo, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 1965-MML, constituyendo un instrumento de control en materia de ruido ambiental usado por los gobiernos locales; Que, mediante Informe Nº 136-2018-GAJ/MVMT de fecha 26 de marzo del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de Villa María del Triunfo 2018; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM y la Ordenanza Nº 1965-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Villa María del Triunfo correspondiente al año 2018, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto.

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