Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2018 (05/04/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de abril de 2018 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan disolución voluntaria y posterior inicio de proceso liquidatorio de Hipotecaria Sura Empresa Administradora Hipotecaria S.A.
RESOLUCIÓN SBS Nº 1131-2018 Lima, 21 de marzo de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Hipotecaria Sura Empresa Administradora Hipotecaria S.A., para que se le autorice el proceso de disolución voluntaria y posterior liquidación; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas de Hipotecaria Sura EAH del 29.01.2018 se acordó por unanimidad de votos conformes la disolución (y liquidación) voluntaria de Hipotecaria Sura Empresa Administradora Hipotecaria S.A. y la designación del señor Jesús Raúl Hernández López como liquidador de la empresa, al amparo de las normas contenidas en los artículos 4º y 114º, numeral 2 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y en los artículos 2º y 407º de la Ley General de Sociedades ­ Ley Nº 26887; Que, la solicitud de autorización correspondiente ha sido presentada a esta Superintendencia al amparo de la Cuarta Disposición Final del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 45599 y modificado por la Resolución SBS Nº 264-2001; Que, la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos para tal fin en las normas antes referidas, así como el procedimiento Nº45 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", por el Departamento de Asesoría y Supervisión Legal, por el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, por el Departamento de Supervisión de Riesgo de Crédito y con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos; y, En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la disolución voluntaria y posterior inicio del proceso liquidatorio de Hipotecaria Sura Empresa Administradora Hipotecaria S.A. en el marco de las disposiciones estatutarias y legales que la rigen y documentación que fuera remitida a este Órgano de Control y que obra en los archivos de la institución. Artículo Segundo.- El señor Jesús Raúl Hernández López se encargará de la conducción del proceso liquidatorio debiendo observar el marco legal previsto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, en la Resolución SBS Nº 455-99 y demás normas que resulten aplicables. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1633405-1

Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros el cierre de oficina especial de uso compartido ubicada en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1177-2018 Lima, 27 de marzo de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTAS: Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de una oficina especial de uso compartido ubicada en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 7601-2013 de fecha 27.12.2013, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros, la apertura de la oficina especial ubicada en Av. La Marina N° 3299, Urbanización Maranga tercera etapa, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, así como el uso compartido entre La Positiva Seguros y Reaseguros y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros de la oficina especial antes mencionada; Que, en aplicación de los artículos 3° y 4° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015 y el Procedimiento N° 14 del TUPA de esta Superintendencia, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina especial de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y el Procedimiento 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en la Av. La Marina N° 3299, Urbanización Maranga tercera etapa, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1632921-1

Autorizan inscripción de la empresa Romero S. Civil de R.L. Ajustadores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1193-2018 Lima, 27 de marzo de 2018 EL SECRETARIO GENERAL

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.