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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (05/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 5 de abril de 2018 El Peruano / administrativos y servicios brindados en exclusividad por parte de entidades del Sector Público; así como los requisitos, plazos y exigencias que se prevén a partir de su establecimiento. INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Barrera Burocrática: Exigencia, requisito, limitación, prohibición y/o cobro que imponga cualquier entidad, dirigido a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso y/o permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o que puedan afectar a administrados en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y/o principios que garantizan la simpli fi cación administrativa. Capítulo II DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4.- Cronograma para la Presentación de Solicitudes de Rati fi cación La presentación de la solicitud de rati fi cación deberá efectuarse ante el SAT a fi n de que emita opinión técnica y legal. La presentación de las referidas solicitudes se sujetará al siguiente cronograma: Plazo de presentación Tipo de tributo a)Hasta el último día hábil del mes de abril del año.Ordenanzas sobre Estacionamiento Vehicular en Zonas Urbanas. b)Hasta el último día hábil del mes de setiembre del año. Ordenanzas que establezcan Arbitrios Municipales, aplicables a partir del ejercicio siguiente.En los años de comicios electorales municipales, deberán presentar su solicitud de rati fi cación dentro del plazo que no se exceda de los 60 días calendarios previos a la fecha prevista para la elección, según Ley N° 29679. c)Hasta el último día hábil del mes de octubre del año.Ordenanzas que aprueban el servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de valores, aplicables a partir del ejercicio siguiente. d)Hasta el último día hábil del mes de noviembre del año.Ordenanzas sobre Estacionamiento Vehicular en Playas del Litoral La presentación de la solicitud de rati fi cación para las Ordenanzas municipales que aprueben derechos de tramitación de procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, se sujetarán al siguiente cronograma: GruposMunicipalidades comprendidasPlazo de presentación 1 Municipalidades distritales, según orden alfabético desde la letra “A” hasta la letra “M”20 Municipalidades: Ancón, Ate, Barranco, Breña, Carabayllo, Chaclacayo, Chorrillos, Cieneguilla, Comas, El Agustino, Independencia, Jesús Maria, La Molina, La Victoria, Lince, Los Olivos, Lurigancho Chosica, Lurín, Magdalena del Mar, Mira fl ores.Hasta el último día hábil del mes de marzo 2 Municipalidades distritales, según orden alfabético a partir de la letra “P”22 municipalidades: Pachácamac, Pucusana, Pueblo Libre, Puente Piedra, Punta Hermosa, Punta Negra, Rímac, San Bartolo, San Borja, San Isidro, San Juan de Lurigancho, San Juan de Mira fl ores, San Luis, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Anita, Santa María del Mar, Santa Rosa, Santiago de Surco, Surquillo, Villa El Salvador y Villa Maria del Triunfo.Hasta el último día hábil del mes de junioExcepcionalmente, en los casos que hubiera cambios normativos que obliguen a la modi fi cación de derechos de trámite contenidos en sus TUPAS, las municipalidades podrán presentar su solicitud de rati fi cación en fechas distintas a las establecidas en el Cronograma sustentándose en la necesidad de adecuación, amparándose en la norma que lo habilite y observando los siguientes plazos: - Municipalidades del grupo 1 (A-M): En un plazo máximo de hasta treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma que establece el cambio que motiva la adecuación. - Municipalidades del grupo 2 (a partir de la P): En un plazo máximo de hasta sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma que establece el cambio que motiva la adecuación. Sin perjuicio de la obligación de la municipalidad de proceder a su adecuación en los plazos previstos en el artículo 43.7 del TUO de la Ley N° 27444. Las solicitudes de rati fi cación de Ordenanzas que aprueben contribuciones u otros tipos de tasas podrán ser formuladas por las municipalidades distritales durante el año, debiendo preverse que dichas solicitudes sean presentadas ante el SAT con la debida anticipación a la realización de la contratación y ejecución de la obra municipal que genera la referida contribución. Artículo 5.- Presentación Extemporánea de la Solicitud de Rati fi cación Las solicitudes de rati fi cación de Ordenanzas tributarias presentadas fuera de los plazos fi jados se tendrán por no presentadas y serán objeto de devolución por parte del SAT. De modo excepcional, en casos imprevisibles y/o de fuerza mayor, debidamente acreditados o de público conocimiento, la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización está facultada para autorizar al SAT a recibir las solicitudes de rati fi cación fuera del plazo establecido en el artículo 4 de la presente ordenanza. A dichos efectos, la solicitud deberá ser presentada a la CMAEO a fi n de que evalúe la autorización. En caso de autorizar, remitirá el expediente al SAT a efectos de evaluar la solicitud, computándose el plazo establecido en el artículo 12° a partir de dicha remisión. En caso de no autorizar, se tendrá por no presentada la solicitud y devolverá el expediente. Artículo 6.- Requisitos Generales de la Solicitud de Ratifi cación Las solicitudes que presenten las Municipalidades Distritales ante el SAT deberán de contener necesariamente los siguientes requisitos: a) Original o Copia autenticada por el Secretario General del Concejo del texto íntegro de la Ordenanza materia de rati fi cación. La exigencia de autenticación se hace extensiva a los anexos que formen parte integrante de la norma en mención. b) Copia autenticada del Acta de la Sesión de Concejo en que fue aprobada la Ordenanza sometida a rati fi cación. c) Copia simple de la Resolución de Alcaldía o de Gerencia Municipal, mediante la cual se designe a dos (02) funcionarios responsables del procedimiento de ratifi cación. Respecto de los designados, se deberá presentar información que facilite su contacto (números telefónicos, dirección de correo electrónico, entre otros). d) Copia simple del Informe legal que sustente la Ordenanza aprobada sometida a rati fi cación, señalando sus antecedentes normativos o la indicación expresa de su inexistencia. e) Información que sustente los costos de los tributos aprobados por las Ordenanzas sometidas a rati fi cación, los cuales deberán ser presentados conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por el SAT. En el caso de los Arbitrios Municipales, Estacionamiento Vehicular y Emisión Mecanizada, dicha información se presentará según los requisitos especí fi cos previstos en los literales a), b) y d) del numeral 7.1; los literales a) y b) del numeral 7.3; y, los literales a) y b) del numeral 7.4