Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2018 (05/04/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

36

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de abril de 2018 /

El Peruano

Artículo 2°.- Ordenar a los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Ica el total cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo precedente de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración y Finanzas proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4°.- Disponer que la Subgerencia de Tecnologías de la Información proceda con la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS RAMÓN NODA YAMADA Gerente General Regional Gerencia General Regional 1632642-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima
ORDENANZA Nº 2085 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de concejo, de fecha 27 de marzo de 2018, los dictámenes Nos. 32-2018-MMLCMAEO y 21-2018-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SUSTITUYE LA ORDENANZA Nº 1533 Y MODIFICATORIAS, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA Capítulo I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMA Artículo 1.- Objeto de la norma La presente norma tiene por objeto establecer el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modificación o que regulen tasas o contribuciones. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La presente Ordenanza es de alcance metropolitano, siendo de aplicación obligatoria por parte de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. La ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales. Artículo 3.- Definiciones y abreviaturas Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes definiciones:

Arbitrio Municipal: Es la tasa que se genera por el servicio público prestado a la colectividad, que genera un beneficio real o potencial en los contribuyentes. CMAEO: Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización del Concejo Metropolitano. Competencia del SAT: Es función del SAT emitir opinión acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria, hubieren aprobado las Municipalidades Distritales. Respecto a las Ordenanzas que aprueban los derechos de los procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, corresponderá al SAT evaluar y pronunciarse respecto de los aspectos vinculados con la determinación del derecho de trámite, teniendo en cuenta la normativa vigente. Concejo Metropolitano: Lo conforman la reunión del Alcalde y 39 Regidores Metropolitanos. Contribución Especial de Obras Públicas: Tributo municipal que grava los beneficios derivados de la ejecución de Obras Municipales. Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM: Norma que aprueba la nueva Metodología para la Determinación de Costos de los Procedimientos y Servicios Brindados en Exclusividad. Derecho de Trámite: Es la tasa que se debe pagar por la tramitación de un procedimiento administrativo o servicio brindado en exclusividad. Su monto es determinado en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar o proveer lo solicitado. Directiva Nº 001-006-00000005: Directiva que aprueba los criterios y metodología para la estimación de ingresos y determinación de la tasa a cobrar por servicio de estacionamiento vehicular temporal, aplicados a Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Estacionamiento Vehicular: Servicio que consiste en el establecimiento de zonas ubicadas en la vía pública, destinadas al estacionamiento de vehículos. Se rige por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 739, Ordenanza Marco del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima. IPC: Variación del Índice de Precios al Consumidor establecido conforme las mediciones efectuadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. Informe Técnico Financiero: Anexo de la Ordenanza distrital que aprueba los arbitrios municipales, que explica a detalle los costos de los servicios públicos y los mecanismos de distribución de dicho costo. Según lo establecido en la Sentencia Nº 00053-2004-PI-TC. MML: Municipalidad Metropolitana de Lima. Ordenanza Nº 739: Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima. Procedimiento Administrativo: Conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. Ratificación: La ratificación es el acto legislativo efectuado por el Concejo Metropolitano de Lima, constituyendo requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales. Resolución Nº 003-2010-PCM-SGP: Norma que aprueba la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de parte de las entidades públicas. SAT: Servicio de Administración Tributaria. Servicio Municipal de Emisión Mecanizada de Valores para el Contribuyente: Servicio consistente en la actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio. Servicios Brindados en Exclusividad: Son prestaciones que las entidades se encuentran facultadas a brindar en forma exclusiva, no pudiendo ser realizadas por otras entidades o terceros. Los servicios brindados en exclusividad se incluyen en el TUPA. Tasas Municipales: Tributos que pagan los contribuyentes en contraprestación de los servicios que les brinda la Municipalidad Distrital respectiva. TUPA: El Texto Único de Procedimientos Administrativos recopila los procedimientos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.