Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 13 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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que la Dra. GLORIA TERESITA HUAMANI HUAMANI, realizó la ponencia del artículo de investigación "Supply Chain Management in the Development of Learning Objects" en el II IEE "World Engineering Education Conference", que se llevó a cabo en la ciudad de Buenos Aires ­ Argentina, del 11 al 14 de marzo del presente año; Que, el Vicerrectorado de Investigación de la UNI mediante el documento del visto, informa que en la sesión Nº 05-2018 de fecha 06 de marzo de 2018, la Sub Comisión de la Comisión de Investigación del Consejo Universitario de la UNI, aprobó recomendar que, en vía de regularización se otorgue una subvención a favor de la Dra. GLORIA TERESITA HUAMANI HUAMANI, por el monto de S/. 2 331.00 (dos mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles), para cubrir los costos de: movilidad, hospedaje y alimentación, por su participación en el II IEE "World Engineering Education Conference" a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires ­ Argentina, del 11 al 14 de marzo del presente año; Estando al Proveído Nº 1275-2018/Rect.- del Despacho del Rectorado, y de conformidad con el artículo 25º, inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje de la Dra. GLORIA TERESITA HUAMANI HUAMANI, a la ciudad de Buenos Aires ­ Argentina, del 11 al 14 de marzo de 2018, para que participe en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería en el II IEE "World Engineering Education Conference" con la ponencia "Supply Chain Management in the Development of Learning Objects". Artículo 2º.- Otorgar a la Dra. GLORIA TERESITA HUAMANI HUAMANI, los montos para sufragar los gastos que por dicho concepto irroguen su participación en la actividad antes mencionada, que será financiada a través de los Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación, que se detallan a continuación: CONCEPTO Movilidad, hospedaje y alimentación Monto en S/. 2 331.00

de Recursos Humanos, mediante el cual se propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 021-2018-DGPID/JNE, fechado 13 de febrero de 2018, de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, que contiene la opinión técnica sobre la propuesta de reordenamiento de cargos aludida; y el Informe Nº 042-2018-DGNAJ/JNE de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, de fecha 14 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 146-2017-P/JNE, de fecha 30 de noviembre de 2017, la Presidencia resuelve aprobar el reordenamiento de cargos contenidos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE. Que, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, Anexo 04, numeral 1, prevé "Los únicos supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional son: (...) 1.3. Las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamiento establecidos en el numeral 5 del presente anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto." Que, el numeral 5 del Anexo 04 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH señala "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo. El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces. (...)". Que, a través del Informe Nº 018-2018-RRHH-DGRS/ JNE, la unidad orgánica de Recursos Humanos propone el reordenamiento de cargos del CAP Provisional, sustentando su aprobación en la necesidad de contar con una adecuada categorización de plazas que le permita a la entidad establecer mecanismos de control de la gestión tanto a nivel jurisdiccional, normativo y de índole administrativo, estableciendo como estrategia la designación del personal de confianza en diversas áreas de la entidad para ayudar a la gestión eficaz y eficiente de los diversos procesos que se ejecutan dentro del JNE, lo que permitirá a su vez afrontar los procesos electorales de manera más óptima, con redundancia en resultados electorales más céleres y transparentes; además, con la finalidad de formalizar los desplazamientos de personal dentro de la entidad, dar respuesta oportuna al requerimiento de recursos humanos especializado de diversas unidades orgánicas; y, a la envergadura y complejidad de los procesos electorales que se aproximan, como el proceso Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará el informe, detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, presentará la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector 1635937-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del JNE
RESOLUCIÓN Nº 058-2018-P/JNE Lima, 12 de abril de 2018 Vistos, el Informe Nº 018-2018-RRHH-DGRS/JNE, de fecha 12 de febrero de 2018, de la unidad orgánica

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