Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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VISTAS:

NORMAS LEGALES

Viernes 13 de abril de 2018 /

El Peruano

Las solicitudes presentadas por MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de una (01) agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Moquegua, y una (01) oficina especial de uso compartido ubicada en el departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 433-2004 de fecha 19.03.2004, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de la oficina especial ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341-349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resoluciones SBS Nºs 3147-2008 y 3148-2008 de fecha 09.07.2008, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de la agencia de uso compartido con Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Calle Abtao Nº 643, Sub Lote A-3, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, mediante Resolución SBS Nº 12249-2011 de fecha 29.12.2011, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros el uso compartido de la oficina especial ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341-349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, en aplicación de los artículos 3º y 4º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) agencia de uso compartido y una (01) oficina especial de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y el Procedimiento 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la agencia de uso compartido ubicada en Calle Abtao Nº 643, Sub Lote A-3, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Artículo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá ser notificada a través de Secretaria General a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1635998-1

Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de oficinas especiales ubicados en los departamentos de Piura, San Martín y Loreto
RESOLUCIÓN SBS Nº 1337-2018 Lima, 5 de abril de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de seis (06) oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de seis (06) oficinas especiales según el siguiente detalle:
Nº Dirección Distrito Piura Iquitos Iquitos Iquitos Iquitos Provincia Piura Maynas Maynas Maynas Maynas Departamento Piura Loreto Loreto Loreto Loreto

1 Av. Grau Nº 1629 Urb. San José 2 Jr. Jiménez Pimentel Nº 458 3 Jr. Arica Nº 381 4 Calle Ucayali Nº 227 ­ 233 Sector 4 5 Av. Requena Nº 397 6 Jr. Próspero Nº 450

Tarapoto San Martín San Martín

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1635907-1

Modifican la Resolución SBS N° 1134-2018, en lo relativo a dirección de oficina especial de Banco Falabella Perú S.A.
RESOLUCIÓN SBS Nº 1338-2018 Lima, 5 de abril de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia rectifique la Resolución SBS Nº 1134-2018 del 22 de marzo de 2018, que autorizó la apertura de una (01) oficina especial, de modo tal que se modifique la dirección consignada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado;

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