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86 NORMAS LEGALES Viernes 13 de abril de 2018 / El Peruano VISTAS: Las solicitudes presentadas por MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de una (01) agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Moquegua, y una (01) o fi cina especial de uso compartido ubicada en el departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 433-2004 de fecha 19.03.2004, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de la ofi cina especial ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341-349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resoluciones SBS Nºs 3147-2008 y 3148-2008 de fecha 09.07.2008, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de la agencia de uso compartido con Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Calle Abtao Nº 643, Sub Lote A-3, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, mediante Resolución SBS Nº 12249-2011 de fecha 29.12.2011, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros el uso compartido de la o fi cina especial ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341-349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, en aplicación de los artículos 3º y 4º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) agencia de uso compartido y una (01) o fi cina especial de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros “A” y “B” y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y el Procedimiento 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la agencia de uso compartido ubicada en Calle Abtao Nº 643, Sub Lote A-3, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Artículo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la o fi cina especial de uso compartido ubicada en Avenida Mesones Muro Nº 341- 349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá ser notifi cada a través de Secretaria General a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1635998-1Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de oficinas especiales ubicados en los departamentos de Piura, San Martín y Loreto RESOLUCIÓN SBS Nº 1337-2018 Lima, 5 de abril de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de seis (06) ofi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de seis (06) o fi cinas especiales según el siguiente detalle: Nº Dirección Distrito ProvinciaDeparta- mento 1 Av. Grau Nº 1629 Urb. San José Piura Piura Piura 2 Jr. Jiménez Pimentel Nº 458 Tarapoto San Martín San Martín 3 Jr. Arica Nº 381 Iquitos Maynas Loreto 4 Calle Ucayali Nº 227 – 233 Sector 4 Iquitos Maynas Loreto 5 Av. Requena Nº 397 Iquitos Maynas Loreto 6 Jr. Próspero Nº 450 Iquitos Maynas Loreto Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1635907-1 Modifican la Resolución SBS N° 1134-2018, en lo relativo a dirección de oficina especial de Banco Falabella Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1338-2018 Lima, 5 de abril de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia recti fi que la Resolución SBS Nº 1134-2018 del 22 de marzo de 2018, que autorizó la apertura de una (01) o fi cina especial, de modo tal que se modi fi que la dirección consignada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado;