Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de abril de 2018 /

El Peruano

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 5 de abril de 2018, los dictámenes Nos. 21-2018-MMLCMDUVN, 30-2018-MML-CMAEO, 19-2018-MMLCMAL y 07-2018-MML-CMCDCTU de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, de Asuntos Económicos y Organización, de Asuntos Legales y de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano; y en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 157° de la Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO VIAL EN LIMA METROPOLITANA Y DEROGA LAS ORDENANZAS N° 1268-MML, 1404-MML Y 1694-MML Artículo Único.- Aprobación de la Ordenanza Apruébense las disposiciones que regulan el procedimiento de aprobación de los estudios de impacto vial en Lima Metropolitana, que constan de cinco (05) capítulos, diecisiete (17) artículos y tres (03) disposiciones complementarias finales, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 01 de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- VIGENCIA Y PUBLICACIÓN DE LA NORMA La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; dicha publicación incluirá los anexos 1 y 3. El anexo 2 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se publicará en la página web del diario oficial "El Peruano". Asimismo, el texto de Ordenanza conjuntamente con sus anexos, será publicado en el portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Segunda.- REMISIÓN DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE A LA SUBGERENCIA DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBNAO Dispóngase que los expedientes de aprobación de Estudios de Impacto Vial que se encuentren en trámite en la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano, sean remitidos a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano en un plazo máximo de siete (07) días hábiles, contados desde el día siguiente de publicada la presente Ordenanza. Tercera.- ADECUACIÓN DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE Los expedientes de aprobación de estudios de impacto vial que se encuentran en trámite y que fueron iniciados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, deberán adecuarse a sus disposiciones, en lo que corresponda. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Modifíquese el numeral 7 y 8 del artículo 99° y el artículo 92° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 812-MML y modificatorias, de acuerdo a lo expuesto a continuación: "Artículo 99.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, las siguientes: ... 7. Evaluar y aprobar proyectos e informes técnicos sobre transporte, tránsito y seguridad vial en Lima Metropolitana, estando facultada asimismo, a proponer la normatividad que estime pertinente, sobre asuntos de su competencia.

8. Monitorear la implementación de las medidas de mitigación contenidas en los estudios de impacto vial aprobados por el órgano competente, así como evaluar, aprobar y supervisar la presentación del estudio de monitoreo elaborado como consecuencia de dicho estudio de impacto vial. ..." "Artículo 92.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones urbanas, las siguientes: ... 19. Evaluar y aprobar estudios de impacto vial relacionados con proyectos de habilitación urbana o de edificación con frente a Vías Metropolitanas o frente a vías locales, cuando el proyecto impacte directamente alguna vía de competencia metropolitana o cuando se trate de proyectos que se ejecuten de manera cercana a Intercambios Viales, existentes o proyectados. 20. Otras funciones que le asigne la Gerencia de Desarrollo Urbano." Segunda.- MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 1874-MML y modificatorias, de acuerdo a lo expuesto en el Anexo N° 02 de la presente Ordenanza. Tercera.- MODIFICACIÓN DEL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Apruébese el Anexo N° 03 - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la presente Ordenanza y en consecuencia, incorpórese a la LÍNEA DE ACCIÓN 08: URBANISMO, NUMERAL 8.1 HABILITACION Y SUBDIVISION DE TIERRAS del Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 984-MML y modificatorias, las infracciones señaladas en dicho anexo N° 03. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Primera.- Deróguese la Ordenanza N° 1268-MML que regula los estudios de impacto vial en Lima Metropolitana, su reglamento aprobado mediante Ordenanza N° 1404MML y su modificatoria aprobada mediante ordenanza N° 1694, así como toda norma que se oponga a lo expuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Deróguese el procedimiento N° 18 ­ Aprobación de estudios de impacto vial, de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 1874-MML y modificatorias. POR TANTO MANDO Se registre, publique y cumpla. Lima, 5 de abril de 2018 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde ANEXO 01 Ordenanza N° 2087 DISPOSICIONES QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO VIAL EN LIMA METROPOLITANA CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1°.- OBJETO

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