Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 8 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite de procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad que forman parte del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince
ACUERDO DE CONCEJO Nº 303 Lima, 19 de julio de 2018 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de julio de 2018, el Oficio Nº 001-090-00009160 del 12 de julio de 2018 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 403-2018-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la Ordenanza Nº 403-2018-MDL de la citada Municipalidad Distrital, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000707 de fecha 11 de julio de 2018, según el cual se pronunció favorablemente respecto a ciento sesenta y tres (163) derechos de trámite relacionados a ciento cincuenta y ocho (158) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la Ordenanza materia de la ratificación.

Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, el TUO de la Ley Nº 27444, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modificado por la Ley Nº 30230, el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la Ordenanza materia de ratificación en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con la opinión favorable y ratificados, deberá ser publicado en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del Informe en mención, financiará el 99.98% de los costos considerados en su costeo. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 115-2018-MML-CMAEO, el Concejo Metropolitano de Lima; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar los ciento sesenta y tres (163) derechos de trámite relacionados a ciento cincuenta y ocho (158) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la Ordenanza Nº 403-2018-MDL por la Municipalidad Distrital de Lince; luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido, teniendo en cuenta el marco legal vigente: Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modificatorias; y Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; así como también el Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso, según lo informado por el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT en su Informe Nº 266-181-00000707.

ANEXO A - INFORME Nº 266-181-00000707 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE - ORDENANZA Nº 403-2018-MDL
UIT = Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I ) S/ GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1.1 1.2 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Ampliación de una vivienda unifamiliar, cuya edificación original cuente con licencia de construcción, declaratoria de fábrica o de edificación sin carga, y la sumatoria del área techada de ambas no supere los 200 m2 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Remodelación de una vivienda unifamiliar, siempre que no implique modificación estructural, cambio de uso y/o incremento de área techada Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Construcción de cercos de más de 20 m. de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen en que coexistan secciones de propiedad exclusiva y propiedad común Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Demolición total de edificaciones menores de tres (3) pisos de altura, que no cuenten con semisótanos y sótanos, siempre que no haga uso de explosivos Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Obras menores de ampliación y remodelación según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Obras de carácter militar de las Fuerzas Armadas y las de carácter policial de la PNP, así como los establecimientos de reclusión penal, los que deben ejecutarse con sujeción a los Planes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano 119.70 119.70 119.80 119.80 99.92% 99.92% 1 2 COSTO ( C ) S/ S/ 4,150 Nº % COBERTURA DERECHO TRÁMITE (I / C)

1.3 1.4

119.70 92.40

119.80 92.45

99.92% 99.94%

3 4

1.5 1.6 1.7

81.50 90.90 76.80

81.58 90.98 76.88

99.90% 99.91% 99.89%

5 6 7

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