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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (23/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 23 de agosto de 2018 / El Peruano 36Servicios de agua, desagüe y alcantarillado (captación, depuración y distribución de agua, así como desperdicios de aguas residuales, saneamiento) 37Servicios de carga, transporte, procesamiento, almacenamiento y despacho de desmonte y desperdicios 38Servicios de fabricación e instalación de bienes necesarios para las actividades 39 Servicios de seguridad 40 Servicios de sistemas de informática 41 Servicios de alumbrado e iluminación 42Servicios de asesoría, consultorías así como asistencia y estudios técnicos sobre las operaciones 43 Servicios de auditoría 44 Servicios de contabilidad, teneduría de libros, tesorería y planilla 45Servicios de logística y servicios vinculados a la importación de bienes, requeridos para la ejecución del contrato, incluido el despacho aduanero 46 Servicios fi nancieros y de crédito 47 Servicios médicos hospitalarios48 Servicios notariales y registrales 49 Servicios de suministro de energía, electricidad, gas, vapor y agua caliente 50 Servicios de supervisión de obras y otras operaciones51 Servicios de traducción e interpretación 52Servicios de transporte de personas y bienes (equipos, materiales, maquinarias, suministros) 53Servicios de diseño, adquisición, administración de la construcción de obras, trabajos y servicios II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN 1 Construcción de edi fi cios 2 Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril 3 Construcción de proyectos de servicios públicos 4Construcción de otras obras de ingenería civil vinculadas con la ejecución del proyecto 5 Demolición o derribo de edi fi cios y otras estructuras 6 Preparación del terreno7 Instalaciones eléctricas 8 Instalaciones de fontanería, calefacción y aire acondicionado 9 Otras instalaciones para obras de construcción 10 Terminación y acabados de edi fi cios 11Otras actividades especializadas de construcción vinculadas con la ejecución del proyecto 1683156-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Formalizan la designación de Auxiliar Coactivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 110-2018/APCI-DE Mira fl ores, 17 de agosto de 2018 VISTOS:El Memorándum N° 724-2018-APCI/OGA del 17 de agosto de 2018 de la O fi cina General de Administración, que remite el Informe N° 336-2018-APCI/OGA-UAP de la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina General de Administración, y el Informe N° 159-2018/APCI-DE de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO:Que, la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley N° 27692 y sus normas modi fi catorias, establece que la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de con fi anza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, de conformidad con el Informe N° 336-2018- APCI/OGA-UAP del 17 de agosto de 2018 de la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina General de Administración de la APCI, mediante Proceso de Selección CAS Nº 023-2018-APCI se declaró como ganador al señor Carlos Alberto Jacobo Huavil, para realizar las funciones de Auxiliar Coactivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, en mérito a lo cual se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 025-2018-APCI; Que, por lo tanto, resulta necesario formalizar la designación del señor Carlos Alberto Jacobo Huavil como Auxiliar Coactivo de la APCI; Con los vistos de la O fi cina General de Administración, la Unidad de Administración de Personal y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar la designación a partir del 17 de agosto de 2018, del señor Carlos Alberto Jacobo Huavil como Auxiliar Coactivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI. Artículo 2°.- Remitir la presente Resolución Directoral Ejecutiva al señor Jacobo Huavil, así como a la Unidad de Administración de Personal de la APCI, para los fi nes correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www. apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1683190-1