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37 NORMAS LEGALES Jueves 23 de agosto de 2018 El Peruano / DESPACHO PRESIDENCIAL Designan Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 073-2018-DP/SG Lima, 22 de agosto de 2018VISTOS; el Memorando N° 000130-2018-DP-SSG de la Subsecretaría General; y, el Informe N° 000718-2018-DP-SSG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, ambos expedidos con fecha 20 de agosto de 2018, sobre propuesta de designación de Director General; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Despacho Presidencial; Que, mediante los documentos de vistos, se efectúa la evaluación del profesional propuesto por la Subsecretaría General, con relación al Clasi fi cador de Cargos aprobado mediante Resolución de Secretaría General N° 102-2017-DP/SG, de fecha 18 de octubre de 2017, opinando por la viabilidad de su designación; Que, en tal sentido, es necesario designar al funcionario que ocupará el cargo en mención; De conformidad con lo previsto por el artículo 3º de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, el literal l) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 037-2017-PCM; Con el visto de la Subsecretaría General, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Recursos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 22 de agosto de 2018, al señor César David Ferrer Carlín como Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Despacho Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAN MORALES CÓRDOVA Secretaria General 1684054-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Prorrogan fecha de entrada en vigencia de diversas disposiciones establecidas en el artículo 7 de la Res. N° 159-2018-CD/OSIPTEL, que modifica el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Tecnología Fija RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 179-2018-CD/OSIPTEL Lima, 17 de agosto de 2018MATERIA :Prórroga de la fecha para la entrada en vigencia de diversas disposiciones establecidas en el artículo 7 de la Resolución de Consejo Directivo N° 159-2018-CD/OSIPTEL. VISTO: El Informe Nº 00184-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, que sustenta la prórroga de la fecha para la entrada en vigencia de diversas disposiciones establecidas en el artículo 7 de la Resolución de Consejo Directivo N° 159-2018-CD/OSIPTEL, que modi fi ca el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 166-2013-CD/OSIPTEL se aprobó el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija (en adelante, el Reglamento de Portabilidad), con el objeto de establecer las normas y procedimientos para la portabilidad numérica en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fi ja; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 159-2018-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de julio de 2018, se modi fi caron diversas disposiciones del Reglamento de Portabilidad, las cuales entraron en vigencia al día siguiente de su publicación –esto es, el 14 de julio de 2018-, salvo aquellas modi fi caciones indicadas expresamente en los numerales (i), (ii), (iii), (iv), (v), (vi) y (vii) del artículo 7 de la referida resolución modi fi catoria, las cuales entrarán en vigencia a los treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación, es decir el 27 de agosto de 2018; Que, sin embargo, las empresas concesionarias Telefónica del Perú S.A.A., Entel Perú S.A. e Incacel Móvil S.A. han presentado sus solicitudes para que la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones indicadas expresamente en los numerales (i), (ii), (iii), (iv), (v), (vi) y (vii) del aludido artículo 7, sea prorrogada, debido a que ello les permitirá concluir con las implementaciones requeridas y realizar las pruebas técnicas necesarias a fi n de validar su funcionamiento e interacción con la Base de Datos Centralizada de Portabilidad; Que, de conformidad con los antecedentes, análisis y conclusiones contenidos en el Informe N° 00184-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, esta instancia hace suyos los fundamentos ahí expuestos y, acorde con el artículo 6, numeral 6.2, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución y de su motivación; Que, en consecuencia, con el fi n de que las empresas concesionarias puedan realizar las acciones necesarias para dar estricto cumplimiento a las modi fi caciones normativas, resulta pertinente y razonable prorrogar en siete (7) días hábiles la fecha para la entrada en vigencia de las disposiciones indicadas expresamente en los numerales (i), (ii), (iii), (iv), (v), (vi) y (vii) del artículo 7 de la Resolución 159-2018-CD/OSIPTEL, con lo cual la fecha de entrada en vigencia de dichas disposiciones sería el día 7 de septiembre de 2018; De acuerdo a las funciones previstas en el inciso p) del artículo 25 y en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 679; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que las disposiciones indicadas expresamente en los numerales (i), (ii), (iii), (iv), (v), (vi) y (vii) del artículo 7 de la Resolución N° 159-2018-CD/OSIPTEL, entrarán en vigencia el viernes 7 de septiembre de 2018, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.