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40 NORMAS LEGALES Jueves 23 de agosto de 2018 / El Peruano Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos–MPP”, que tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, en el acápite i) del literal a), del artículo 20 de la citada Directiva, se dispone la obligación de elaborar perfi les de puestos no contenidos en el MPP, para la contratación de servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057, en aquellas entidades públicas que no cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal d), del artículo 21 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los per fi les de puestos al Manual de Organización y Funciones; y, deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el referido Manual; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo lV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General, hoy Gerencia General; Que, asimismo, el artículo 23 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso el perfi l de puesto di fi era del clasi fi cador de cargos de la entidad, éste último deberá modi fi carse en función al per fi l de puesto aprobado; Que, bajo ese contexto, la Jefatura de la O fi cina General de Recursos Humanos con el Informe Técnico N° 023-2018-SUNARP/OGRH del 13 de agosto de 2018, informa sobre la necesidad de incorporar el per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Especialista en Control de Calidad, elevando el referido per fi l de conformidad con el procedimiento previsto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH; Que, por su parte, la Jefatura de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum N° 1352-2018-SUNARP/OGPP del 03 de agosto de 2018, emite opinión favorable, en relación a la veri fi cación de la coherencia y alineamiento del per fi l de puesto alcanzado por la O fi cina General de Recursos Humanos con el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; Que, previo análisis de la propuesta formulada, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica concluye mediante el Informe N° 680-2018-SUNARP/OGAJ del 17 de agosto de 2018, que resulta procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación del per fi l de puesto de Especialista en Control de Calidad en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central de la Sunarp, debiéndose asimismo modi fi car el Clasi fi cador de Cargos de la entidad; Que, con la Resolución N° 109-2018-SUNARP/SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la denominación de la Secretaria General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 12 Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012- 2013-JUS; y, la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR-PE; con el visado de la Ofi cina General de Recursos Humanos, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar incorporación de Per fi l de Puesto Formalizar la incorporación del Per fi l de Puesto de Especialista en Control de Calidad en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central de la Sunarp, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos Aprobar la modi fi cación de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de acuerdo al Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Resolución y anexos serán publicados en el Portal Institucional (www.sunarp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSE GARAZATÚA NUÑOVERO Gerente General (e)Sunarp 1683578-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 125-2018-P-CE-PJ Lima, 22 de agosto de 2018VISTA: La solicitud de renuncia irrevocable presentada por la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez, Jueza Especializada Penal titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; con certi fi cación de fi rma ante el Secretario General de este Órgano de Gobierno. CONSIDERANDO:Primero. Que la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez formula renuncia irrevocable al cargo de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en su condición de representante de los Jueces Especializados y Mixtos, a partir del 31 de agosto del presente año; para el que fue elegida el 12 de agosto de 2017, correspondiente al Noveno Periodo de Sesiones agosto 2017- agosto 2019. Segundo. Que, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente, no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta a este Órgano de Gobierno,