Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2018 (23/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de agosto de 2018 /

El Peruano

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos­MPP", que tiene por finalidad que las entidades públicas cuenten con perfiles de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, en el acápite i) del literal a), del artículo 20 de la citada Directiva, se dispone la obligación de elaborar perfiles de puestos no contenidos en el MPP, para la contratación de servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057, en aquellas entidades públicas que no cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal d), del artículo 21 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIRGDSRH, el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los perfiles de puestos al Manual de Organización y Funciones; y, deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el referido Manual; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo lV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General, hoy Gerencia General; Que, asimismo, el artículo 23 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso el perfil de puesto difiera del clasificador de cargos de la entidad, éste último deberá modificarse en función al perfil de puesto aprobado; Que, bajo ese contexto, la Jefatura de la Oficina General de Recursos Humanos con el Informe Técnico N° 023-2018-SUNARP/OGRH del 13 de agosto de 2018, informa sobre la necesidad de incorporar el perfil de puesto correspondiente a la plaza de Especialista en Control de Calidad, elevando el referido perfil de conformidad con el procedimiento previsto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH; Que, por su parte, la Jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum N° 1352-2018-SUNARP/OGPP del 03 de agosto de 2018, emite opinión favorable, en relación a la verificación de la coherencia y alineamiento del perfil de puesto alcanzado por la Oficina General de Recursos Humanos con el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; Que, previo análisis de la propuesta formulada, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye mediante el Informe N° 680-2018-SUNARP/OGAJ del 17 de agosto de 2018, que resulta procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación del perfil de puesto de Especialista en Control de Calidad en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central de la Sunarp, debiéndose asimismo modificar el Clasificador de Cargos de la entidad; Que, con la Resolución N° 109-2018-SUNARP/SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la denominación de la Secretaria General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 12 Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0122013-JUS; y, la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR-PE; con el visado de la

Oficina General de Recursos Humanos, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar incorporación de Perfil de Puesto Formalizar la incorporación del Perfil de Puesto de Especialista en Control de Calidad en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central de la Sunarp, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Modificación del Clasificador de Cargos Aprobar la modificación de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de acuerdo al Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Resolución y anexos serán publicados en el Portal Institucional (www.sunarp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE GARAZATÚA NUÑOVERO Gerente General (e) Sunarp 1683578-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 125-2018-P-CE-PJ Lima, 22 de agosto de 2018 VISTA: La solicitud de renuncia irrevocable presentada por la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez, Jueza Especializada Penal titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; con certificación de firma ante el Secretario General de este Órgano de Gobierno. CONSIDERANDO: Primero. Que la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez formula renuncia irrevocable al cargo de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en su condición de representante de los Jueces Especializados y Mixtos, a partir del 31 de agosto del presente año; para el que fue elegida el 12 de agosto de 2017, correspondiente al Noveno Periodo de Sesiones agosto 2017- agosto 2019. Segundo. Que, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente, no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta a este Órgano de Gobierno,

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