Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2018 (29/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de agosto de 2018 /

El Peruano

la referida solicitud fue presentada luego del cierre de la oficina en mención, por lo que se emite la presente resolución sin perjuicio de la responsabilidad administrativa a que hubiere lugar; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículos 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. el cierre definitivo de la oficina especial ubicada en la calle San Martín Nº 106 -108, distrito y provincia de Huancabamba, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1685346-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Aceptan donación efectuada en el marco de convenio de cooperación, para financiar en parte al Primer Componente del Programa "Unidos Contra El Dengue"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1483-2018/GRP-CR San Miguel de Piura, 21 de agosto de 2018 VISTO: El OFICIO Nº 465-2018-GRP-SRSLCC-HLMP-DG, ingresado con Hoja Registro y Control Nº 31522, de fecha 12 de julio de 2018, mediante el cual el Director Ejecutivo del Hospital Nuestra Señora de la Mercedes de Paita, solicitó a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, aprobar la aceptación de donación, para el financiamiento del Primer Componente del Convenio determinado: Vigilancia ­ Control Epidemiológico Entomológico el mismo que se ajusta a la norma técnica de Salud Nº 085, NTS Nº 116MINSA/DIGSA-V.01. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, ha dispuesto en el artículo 15º: "Atribuciones del Consejo Regional: a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)"; Que, la Ley citada en el considerando precedente, en el artículo 60º literal e) señala como función del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, el gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y las empresas privadas en los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF: en el artículo 69º Donaciones, indica: "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas

por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad. Los Gobiernos Locales que carezcan de página web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional"; Que, la Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario de Paita, suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Hospital Nuestra Señora de las Mercedes de Paita, mediante el cual acuerdan integrar esfuerzos y realizar acciones de cooperación mutua para ejecutar el Programa "Unidos Contra el Dengue" que busca prevenir la presencia de casos de dengue, fiebre de chikungunya y zika, establecimiento y fortalecimiento acciones integrales de vigilancia entomólogica y control de vector Aedes Aegypti en la Jurisdicción del Hospital "Nuestra Señora de las Mercedes" del distrito de Paita; Que, mediante OFICIO Nº 465-2018-GRP-SRSLCCHLMP-DG, ingresado con Hoja Registro y Control Nº 31522, de fecha 12 de julio de 2018, mediante el cual el Director Ejecutivo del Hospital Nuestra Señora de la Mercedes de Paita, solicitó a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, aprobar la aceptación de donación, para el financiamiento del Primer Componente del Convenio determinado: Vigilancia ­ Control Epidemiológico Entomológico el mismo que se ajusta a la norma técnica de Salud Nº 085, NTS Nº 116-MINSA/DIGSA-V.01; Que, mediante Memorando Nº 1652-2018/GRP410000, de fecha 18 de julio de 2018, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitó a la Secretaria del Consejo Regional aprobación de la aceptación dineraria por el monto de VEINTE Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 22,000.00) para el financiamiento de la primera entrega del Primer Componente del Programa "Unidos Contra el Dengue"; Que, mediante Informe Nº 2126-2018/GRP-460000, de fecha 08 de agosto de 2018, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, en el cual señaló que resulta favorable que el Consejo Regional mediante Acuerdo de Consejo Regional acepte la donación dineraria, a fin de ser incorporado al Presupuesto Institucional de Apertura, ello de conformidad a lo señalado en el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; Que, mediante Dictamen Nº 017-2018, de fecha 20 de agosto de 2018, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial recomendó que el Consejo Regional mediante Acuerdo de Consejo Regional implemente lo siguiente: "ACEPTE la donación por el monto de S/. 22,000.00 (VEINTIDÓS MIL CON 00/100 SOLES), otorgado a través del Cheque Nº 00001279 del BBVA Continental, de fecha 18 de junio de 2018, en marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario de Paita y el Hospital del Apoyo I Nuestra Señora de las Mercedes de Paita, el cual financiará, en parte, sólo al Primer Componente del Programa "Unidos Contra el Dengue" para la contratación de cinco (05) inspectores"; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 08 - 2018, celebrada el día 21 de agosto de 2018, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación por el monto de S/. 22,000.00 (VEINTIDÓS MIL CON 00/100

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