Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2018 (11/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 11 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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el acto resolutivo a través del cual se designe a la C.P.C Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez como Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, (la cual reúne los requisitos mínimos fijados en el Manual de Clasificador de Cargos para el puesto), y dejar sin efecto la encargatura del servidor CAS C.P.C. Jorge Luis Eche Cobeñas en dicho cargo; Que, el literal p) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES establece que es función del Presidente Ejecutivo (antes Director Ejecutivo), en su calidad de Titular de la Entidad, emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, el literal g) del Artículo 24º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES dispone que es función de la Oficina de Asesoría Jurídica, elaborar informes legales y visar los proyectos de Resolución del Presidente Ejecutivo (antes Director Ejecutivo) y Gerente General (antes Secretario General), sobre procedimientos, directivas, normas, convenios y contratos, y demás documentos que le sean remitidos por la Alta Dirección y otros órganos de SANIPES; Que, mediante el Informe Nº 497-2018-SANIPES/ OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que, en base al informe remitido por la Unidad de Recursos Humanos y los argumentos antes expuestos, se ha acreditado la pertinencia y legalidad de la designación aprobada por el Consejo Directivo, razón por la cual corresponde a la Presidenta Ejecutiva, en su calidad de Titular de la Entidad, emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva mediante la cual se formalice el acuerdo del Consejo Directivo, dejando sin efecto la encargatura del servidor CAS C.P.C. Jorge Luis Eche Cobeñas como Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y designando en el cargo a la C.P.C Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez; Que, en consecuencia, es necesario emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva dejando sin efecto la encargatura del servidor CAS C.P.C. Jorge Luis Eche Cobeñas como Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y designando en el cargo a la C.P.C Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1402, el literal p) del Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, la Resolución Ministerial Nº 093-2015-PRODUCE, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de SANIPES. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la encargatura del servidor CAS C.P.C. Jorge Luis Eche Cobeñas como Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR a la C.P.C Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez como Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, previsto en el Cuadro de Asignaciones de Personal Provisional (CAP Provisional) como Empleada de Confianza. Artículo 3º.- DISPONER a la Unidad de Recursos Humanos la notificación de la presente resolución a los interesados. Artículo 4º.- DISPONER a la Gerencia General la publicación de la presente Resolución, en el Diario "Oficial El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES (www. sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MÓNICA PATRICIA SAAVEDRA CHUMBE Presidenta Ejecutiva 1721581-1

SALUD
Aprueban el Documento Técnico "Criterios de Priorización del Sector Salud"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1286-2018/MINSA Lima, 7 de diciembre del 2018 Visto, el Expediente N° 18-128991-001, que contiene el Informe N° 1151-2018-OPMI-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y se deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el Decreto Legislativo N° 1432 modifica e incorpora disposiciones al Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe); Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatorias, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432, establece que cada Sector del Gobierno Nacional anualmente aprueba y publica en su portal institucional los criterios de priorización para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales. Dichos criterios son de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente y deben sujetarse a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432, dispone que en el plazo de sesenta (60) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del mismo Decreto Legislativo, los Ministerios a cargo de los Sectores aprueban los criterios de priorización a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final del presente Decreto Legislativo. Para tal efecto, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), dentro de un plazo de quince (15) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, coordinan y publican el cronograma de reuniones respectivo con los equipos sectoriales. Dichos criterios son de aplicación a las transferencias que se realicen a partir del año fiscal 2019, salvo que las inversiones hayan sido identificadas en la programación realizada para dicho periodo;

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