Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2018 (11/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 11 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1721932-2

Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 313-2018-TR Lima, 10 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 116-2018TR, se designa al señor Luis Erwin Mendoza Legoas en el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia formulada por el señor LUIS ERWIN MENDOZA LEGOAS al cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1721932-3

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30533, Ley que autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de Núcleos Ejecutores, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nº 019-2018-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.9 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, Ley que aprueba

disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Decreto Supremo N° 094-2018-PCM (en lo sucesivo, el TUO de la Ley) autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, entre ellas, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a implementar sus intervenciones de reconstrucción y soluciones de vivienda incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el ámbito urbano y rural, a través de la modalidad de núcleos ejecutores con cargo a recursos del FONDES, quedando autorizadas a asignar financieramente los recursos a favor de los núcleos ejecutores, para cuyo efecto suscriben los convenios correspondientes; Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, precisa que para efecto de la autorización a que se refiere el numeral 7.9 del artículo 7 del TUO de la Ley, se entiende por asignación financiera a la transferencia financiera que autoriza el titular de la entidad mediante resolución a favor de núcleos ejecutores, en el marco de la citada norma; Que, las intervenciones incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2.3 del artículo 2 del TUO de la Ley, son de tipo inversiones o actividades. Dichas inversiones cuando se ejecuten para la implementación de intervenciones de reconstrucción no constituyen proyectos de inversión, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 del citado dispositivo legal; Que, mediante Ley N° 30533, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de sus competencias, y a través de sus programas, a realizar intervenciones mediante núcleos ejecutores, a favor de la población pobre y extremadamente pobre, para proyectos de inversión y actividades, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30533, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA; Que, el Programa Nacional de Saneamiento Rural conforme lo señala y sustenta en el Informe N° 18072018/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE/ETER, el Informe Legal N° 107-2018/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL/MMG y el Informe Legal N° 918-2018/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UAL, requiere implementar intervenciones contenidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, a través de núcleos ejecutores; Que, en tal sentido y debido a que el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30533, no considera a todos los tipos de intervenciones establecidos en el marco de la Ley N° 30556, resulta necesario modificar el artículo 2 del citado Reglamento, a fin de incluirlos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del Reglamento que autoriza a realizar intervenciones a través de núcleos ejecutores Modifícase el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30533, Ley que autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de núcleos ejecutores, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA, en los siguientes términos: "Artículo 2.- Definiciones Para efectos de la presente norma, se entiende por: (...) - Proyecto: i) Para el caso de los proyectos de inversión rige la definición contenida en la normativa de inversión pública, ii) Para el caso de las actividades desarrolladas por el Ministerio o alguno de sus programas se entenderá como proyecto, el esfuerzo temporal que se lleva a cabo para crear un producto, servicio o resultado

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