Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2018 (11/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 11 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 175-2018-02.00 Lima, 5 de diciembre de 2018 VISTO: El Oficio Nº 00350-2018-CG/VCSC de la Contraloría General de la Republica; el Memorando Nº 1513-201807.00 de la Oficina de Administración y Finanzas; y el Memorando Nº 3294-2018-05.00 de la Oficina de Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera, de conformidad con lo establecido en su Ley de Organización y Funciones, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 147, concordante con el Artículo 20º de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del citado Ministerio; Que, mediante el Artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se dispone que las Entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el citado Artículo 20º de la Ley Nº 27785, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en la Entidad; Que, mediante Oficio Nº 00350-2018-CG/VCSC, de fecha 17 de setiembre de 2018, la Contraloría General de la República solicita al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, efectúe la transferencia financiera para el Período Auditado 2018, por un monto ascendente a S/ 65,069.19 (Sesenta y Cinco Mil Sesenta y Nueve y 19/100 soles); Que, mediante Memorando Nº 1513-2018-07.00, de fecha 08 de noviembre de 2018; la Oficina de Administración y Finanzas solicita a la Oficina de Planificación y Presupuesto, la certificación presupuestal para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 65,069.19 (Sesenta y Cinco Mil Sesenta y Nueve y 19/100 soles), que comprende al 50% de la retribución económica y el 6% del derecho de designación y supervisión, por el periodo auditado 2018, con el fin de iniciar el proceso de convocatoria del Concurso Público de Méritos, y posterior contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO, conforme a lo requerido por el Oficio Nº 00350-2018-CG/VCSC; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, mediante Memorando Nº 3294-2018-05.00 de fecha 15 de noviembre

de 2018, emite opinión favorable indicando que se cuenta con la disponibilidad de presupuesto en el año 2018, hasta por el importe de S/ 65,069.19 (Sesenta y Cinco Mil Sesenta y Nueve y 19/100 soles), en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 5000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Especifica de Gasto: 2.4.13.11 a Otras Unidades del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; para la transferencia financiera a la Contraloría General de la República, destinados a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2018; con su respectiva previsión para el año fiscal 2019, a fin de garantizar las transferencia futuras por parte del SENCICO; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 147 ­ Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción­ SENCICO; lo prescrito en el inciso j) del Artículo 33º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC; y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2016-VIVIENDA; y, el Artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Con la visación de la Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, del Asesor Legal y de la Gerente General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto Institucional 2018, del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, hasta por la suma de S/ 65,069.19 (Sesenta y Cinco Mil Sesenta y Nueve y 19/100 soles) por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, equivalente al 50% del financiamiento de la retribución económica y el 6% del derecho de designación y supervisión, por el período auditado 2018, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO. Artículo 2º.- DISPONER que la transferencia financiera dispuesta en el Artículo precedente, se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 5000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Especifica de Gasto: 2.4.13.11 a Otras Unidades del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- DISPONER que los recursos de la transferencia financiera autorizada en el Artículo 1º de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- ORDENAR al Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas y a la Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, que coordinadamente cumplan con remitir a la Contraloría General de la República, las Previsiones Presupuestales requeridas, las mismas que deberán reunir las formalidades descritas en el Oficio Nº 00350-2018-CG/VCSC, de fecha 17 de setiembre de 2018. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, para que a través del Departamento de Informática, también la publique en la página web del SENCICO Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL LUIS ESTRADA MENDOZA Presidente Ejecutivo 1721638-1

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