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41 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de diciembre de 2018 El Peruano / ARTÍCULO DEL REGLAMENTO DE REORDENA- MIENTOACTIVIDAD FECHA 12.6Plazo para con fi rmación formal de acogimiento de las operadoras con derechos de uso derivados de concurso públicoDel 10 al 16 de mayo de 2019 13.1Emisión de Resolución Viceministerial con el Reordenamiento de la banda 2 500 – 2 690 MHz18 de julio de 2019* Nota: Se indican los plazos máximos (*) de acuerdo al Reglamento. De ser emitidos antes de la fecha señalada se reprograman automáticamente las actividades posteriores. CRONOGRAMA DE REORDENAMIENTO DE LA BANDA 2 300-2 400 MHZ ARTÍCULO DEL REGLAMENTO DE REORDENA- MIENTOACTIVIDAD FECHA 12.1Publicación de la propuesta de Reordenamiento de la banda 2 300–2 400 MHz11 de febrero de 2019* 12.2Plazo para recepción de comentarios y/o sugerencias a la propuesta de Reordenamiento de la banda 2 300–2 400 MHzDel 12 de febrero al 04 de marzo de 2019 12.4Periodo de reuniones de trabajo con las operadoras involucradas en el Reordenamiento de la banda 2 300 – 2 400 MHzDel 05 al 18 de marzo de 2019 12.5Publicación de la propuesta de Reordenamiento de la banda 2 300–2 400 MHz incorporando los comentarios recibidos y evaluados15 de abril de 2019* 12.5Periodo para realización de la Audiencia PúblicaDel 16 de abril al 02 de mayo de 2019 13.1Emisión de Resolución Viceministerial con el Reordenamiento de la banda 2 300 – 2 400 MHz4 de julio de 2019* Nota: Se indican los plazos máximos (*) de acuerdo al Reglamento. De ser emitidos antes de la fecha señalada se reprograman automáticamente las actividades posteriores. 1722454-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Disponen el inicio de interpretación de oficio del numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 respecto de las cláusulas 8 .2.2.9 y 8.2.3.3 del Contrato de Concesión del Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincia de la República del Perú RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 035-2018-CD-OSITRAN Lima, 5 de diciembre de 2018VISTOS: El Informe Conjunto N° 027-18-IC-OSITRAN (GAJ- GSF), de fecha 30 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de OSITRAN; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo N° 557-154-04-CD-OSITRAN del 17 de noviembre de 2004, el Consejo Directivo de OSITRAN aprobó los Lineamientos para la Interpretación y Emisión de Opiniones sobre Propuestas y Reconversión de Contratos de Concesión (en adelante los Lineamientos); Que, conforme a lo establecido por los mencionados Lineamientos, el procedimiento de interpretación del contenido del contrato de concesión puede iniciarse de o fi cio o a solicitud de parte. Adicionalmente, dichos lineamientos establecen que pueden solicitar la interpretación del contrato de concesión el Concesionario, el Concedente y los terceros legítimamente interesados; Que, luego de revisar y discutir el Informe de Vistos, el Consejo Directivo mani fi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones de dicho Informe, razón por la cual lo constituye como parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444; Por lo expuesto, y en virtud de sus funciones previstas en el numeral 7 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modi fi catorias, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria N°655-2018-CD-OSITRAN, y sobre la base del Informe Conjunto N° 027-18-IC-OSITRAN (GAJ-GSF); SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer el inicio de interpretación de o fi cio del numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 respecto de las cláusulas 8.2.2.9 y 8.2.3.3 del Contrato de Concesión del Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincia de la República del Perú. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe Conjunto N° 027-18-IC-OSITRAN (GAJ-GSF), al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y a la entidad prestadora Aeropuertos Andinos del Perú S.A., para que en el plazo de diez (10) días hábiles presenten su posición al respecto con la fundamentación documental correspondiente. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y autorizar la difusión de la presente Resolución y del Informe Conjunto N° 027-18-IC-OSITRAN (GAJ-GSF), en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo 1721716-1 Interpretan alcance del último párrafo de la Cláusula 9.1 del Contrato de Concesión del Tramo 2 de IIRSA Centro: Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Dv. Cerro de Pasco RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE DIRECTIVO Nº 037-2018-CD-OSITRAN Lima, 5 de diciembre de 2018 VISTOS: Las solicitudes de interpretación formuladas por el Concedente a través de los O fi cios N°s 340-2018-MTC/25 y 3553-2018-MTC/25, así como el Informe Conjunto Nº