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14 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano gestión. Comprende la reducción de todos aquellos trámites, pasos, requisitos, entre otros aspectos que afecten su productividad, fomentando aquellos otros que contribuyan a su incremento o mejora, tales como la innovación, la implementación de servicios integrados y espacios compartidos, entre otros de similar naturaleza. Para tal efecto, la mejora de productividad aborda la racionalización del costo de los recursos o insumos requeridos para la elaboración de sus bienes y servicios; el equilibrio entre los productos esperados y los recursos o insumos empleados para elaborarlos, y la relación entre los resultados actuales y los resultados esperados. En ejercicio de su rectoría, la Secretaría de Gestión Pública establece relaciones de coordinación, en lo que corresponda, principalmente, con la Dirección General de Presupuesto Público, la Dirección General de Abastecimiento y la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, o las que hagan sus veces, del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus respectivas competencias. g) La gestión de procesos Tiene como propósito organizar, dirigir y controlar las actividades de trabajo de una entidad pública de manera transversal a las diferentes unidades de organización, para contribuir con el logro de los objetivos institucionales. Comprende acciones conducentes a la determinación de los procesos de la entidad, así como a su medición y análisis con el propósito de implementar mejoras en su desempeño, priorizando los procesos que contribuyan al logro de los objetivos de la entidad pública o que puedan afectar dicho logro, representen mayor demanda, concentren la mayor cantidad de reclamos o quejas, entre otros similares. Las entidades públicas disponen de herramientas de gestión de la calidad y toman acciones con el fi n de incrementar su e fi cacia y e fi ciencia. h) Evaluación de riesgos de gestión Las entidades públicas coordinan e implementan actividades destinadas a la gestión del riesgo como mecanismo para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales. Comprende la aplicación sistemática de prácticas para la identi fi cación, el análisis, la evaluación, el tratamiento, el seguimiento y la revisión del riesgo, independientemente de su fuente de origen. Se implementa siguiendo los lineamientos y metodologías que se determinen con la Secretaría de Integridad Pública o la que haga sus veces de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Contraloría General de la República en el marco de sus respectivas competencias. i) La gestión del conocimiento Tiene como propósito producir e incorporar conocimiento que sea útil para la gestión de la entidad, propiciando predictibilidad en las decisiones. Comprende acciones dirigidas a la identi fi cación y documentación del conocimiento orientada a mejorar la gestión interna y la toma de decisiones de la entidad y facilitar su trazabilidad, así como vinculadas a su difusión y también la promoción de espacios de intercambio entre servidores o entre entidades públicas para su asimilación y utilización. Se prioriza la documentación clave para el ejercicio de las funciones sustantivas, así como aquella que promueva transparencia, seguridad jurídica, mejora de la productividad, e fi cacia y e fi ciencia de la entidad. En ejercicio de su rectoría, la Secretaría de Gestión Pública establece relaciones de coordinación, en lo que corresponda, principalmente con la Secretaría de Gobierno Digital o la que haga sus veces de la Presidencia del Consejo de Ministros, y con el Archivo General de Nacional, en el marco de sus respectivas competencias. 7.2 Los medios señalados en el numeral precedente, bajo el ámbito del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, se relacionan entre sí y están orientados a que las entidades públicas mejoren su gestión interna y la calidad de la prestación de los bienes y servicios que brindan, así como de las regulaciones que emitan, para satisfacer las necesidades y expectativas de las personas, generando bene fi cios a la sociedad. Artículo 8.- Calidad de los bienes y servicios en el ámbito del Sistema 8.1 La calidad de la prestación de los bienes y servicios comprende acciones que abordan desde el diseño y el proceso de producción del bien o servicio, el acceso y la atención en ventanilla, cuando corresponda, hasta el bien o servicio que presta la entidad. Están dirigidas, según corresponda, a conocer las necesidades de las personas a las que atiende la entidad, ampliar, diversi fi car o asociar los canales de atención, establecer estándares de calidad, utilizar tecnologías de información y comunicación en la interacción con las personas o entre entidades públicas, y otros medios que mejoren la calidad del bien o servicio. 8.2 Los ministerios en el marco de su rectoría sectorial determinan los estándares de calidad de los bienes o servicios a cumplir por los órganos o las entidades públicas vinculadas. Artículo 9.- Armonización de los sistemas administrativos 9.1 La Presidencia de Consejo de Ministros, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, propicia con los entes rectores de los sistemas administrativos espacios de armonización a fi n de articular, simpli fi car y actualizar los sistemas administrativos. 9.2 La Presidencia de Consejo de Ministros solicita o proporciona, según corresponda, información a los entes rectores de los demás sistemas administrativos acerca de los efectos de sus regulaciones y, en caso evidenciarse sobrecostos, sobre regulaciones, o requisitos innecesarios en el funcionamiento de dichos sistemas, emite informes técnicos identi fi cando la problemática y, de ser el caso, recomendaciones. CAPÍTULO IV IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA Artículo 10.- Implementación del Sistema 10.1 El Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública se implementa en cada entidad pública a través de las unidades de organización que establezca su documento de gestión organizacional o a la que se le haya delegado expresamente, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y su a fi nidad con los ámbitos del Sistema. Dichas unidades de organización forman parte del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública. 10.2 El Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública no requiere la creación de unidades de organización dedicadas, salvo que por la dinámica propia de una entidad ello sea recomendable o indispensable. Artículo 11.- Nexo de coordinación La máxima autoridad administrativa de la entidad actúa como nexo de coordinación al interior de la entidad y mantiene relaciones técnico-funcionales con la Secretaria de Gestión Pública. Realiza el seguimiento a la implementación del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública. Artículo 12.- Consideraciones para la implementación de acciones de modernización Para la implementación de acciones de modernización las entidades toman en cuenta lo siguiente: a) Identi fi cación de la problemática: el inicio de toda acción de modernización responde a la necesidad de resolver un problema público que aqueja a las personas y que está asociado a los objetivos institucionales de la entidad, o que afecta el funcionamiento de la gestión interna. b) Priorización: las acciones de modernización se priorizan, principalmente, en función de la cantidad de personas a quienes afecta una situación problemática, del grado de afectación que podría ocasionar la inacción pública a un grupo de personas, o de la potencial mejora en la productividad que podría generar.