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21 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / d) Un/a representante del Viceministerio de Políticas Agrarias. e) El/la Secretario/a Técnico/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria –SENASA. f) El/la Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua – ANA. g) El/la Gerente General del Instituto Nacional de Innovación Agraria –INIA. h) El/la Gerente General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; y, i) El/la Gerente General de Sierra y Selva Exportadora – SSE. Los/las Viceministros/as de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, y de Políticas Agrarias, designarán a sus representantes, mediante escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión, en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 3.- Designación excepcional de representantes Los miembros de la Comisión podrán designar a un representante alterno para que, excepcionalmente, actué en su representación, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, en un plazo no menor a los tres (3) días hábiles previos a la sesión convocada. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego es ejercida por el/la Coordinador(a) de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, quién se encargará de disponer las acciones necesarias para la elaboración del Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego y su presentación ante la Comisión; así como de participar y coordinar la convocatoria a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión y toda aquella acción que esta le encomiende. Artículo 5.- Funciones de la Comisión La Comisión tiene las siguientes funciones: 5.1 Proponer estrategias para la implementación de acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, al fomento de la ética, de la transparencia, de la neutralidad política y la vigilancia ciudadana sobre el ejercicio de la función pública en el Sector. 5.2 Proponer al Ministro de Agricultura y Riego la aprobación del Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción. 5.3 Sesionar trimestralmente con el objetivo de efectuar el seguimiento y monitoreo del Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción. 5.4 Evaluar anualmente la pertinencia de proponer la actualización del Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción. 5.5 Proponer al Ministro de Agricultura y Riego la aprobación de las medidas en materia de integridad y lucha contra la corrupción. 5.6 Evaluar e informar semestralmente al Ministro de Agricultura y Riego, los resultados de la implementación de las medidas en materia de integridad y lucha contra la corrupción que se aprueben. 5.7 Coordinar las acciones que sean necesarias con la Secretaría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de sus competencias. Artículo 6.- Equipo Técnico La Comisión cuenta con un Equipo Técnico, el cual se encuentra conformado por los siguientes miembros: a) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, quien lo presidirá. b) El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. c) El/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos. d) Un/a representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, responsable de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción. e) Un/a representante de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, responsable de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción. f) Un/a representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, responsable de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción. g) Un/a representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, responsable de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción. h) Un/a representante de Sierra y Selva Exportadora – SSE, responsable de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción. El Gerente General, o quien haga sus veces, de cada uno de los organismos públicos adscritos del MINAGRI, deberá designar al representante de su organismo que actúe como miembro del equipo técnico, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión, en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de instalada la Comisión. Artículo 7.- Facultades de los Miembros del Equipo Técnico Los miembros del equipo técnico de los organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de responsables de los asuntos relacionados a la integridad y lucha contra la corrupción en sus respectivas instituciones, tienen el deber de gestionar y llevar a cabo todas las acciones necesarias, en coordinación con las dependencias de su institución, para recoger la información que sirva de sustento para el trabajo que realice el equipo técnico. Los miembros del equipo técnico pueden requerir a los órganos y unidades orgánicas de su institución, información, asesoramiento, convocarlos a reuniones, conformar equipos de trabajo o el apoyo necesario para el cumplimiento de sus responsabilidades con el Equipo Técnico de la Comisión, en concordancia con lo señalado en el artículo 10 de la presente Resolución. Artículo 8.- Funciones del Equipo Técnico Las funciones del Equipo Técnico son las siguientes: 8.1 Elaborar la propuesta del Plan Sectorial de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del periodo correspondiente y el Informe Técnico que lo sustente. 8.2 Preparar reportes trimestrales del avance en la implementación del Plan Sectorial de Integridad y Lucha Contra la Corrupción para la Comisión. 8.3 Coordinar con el/la Secretario(a) Técnico la ejecución de las medidas y acciones establecidas por la Comisión. 8.4 Hacer seguimiento a los requerimientos efectuados a los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego en materia de Integridad y Lucha Contra la Corrupción. 8.5 Toda aquella función que le sea encomendada por la Comisión. Artículo 9.- Instalación de la Comisión La Comisión se instalará dentro de los diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 10.- Colaboración de los actores del Sector La Comisión de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, la Secretaría Técnica y el Equipo Técnico, podrán solicitar la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego, quedando estos obligados a brindar y atender los requerimientos que se les formulen dentro del marco de sus funciones. Artículo 11.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial no irrogará gastos adicionales al