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22 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano Tesoro Público y se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades públicas involucradas, así como los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 12.- Se dejan sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 0531 y 609-2016-MINAGRI Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0531-2016-MINAGRI, de fecha 17 de octubre de 2016, que crea la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego y la Resolución Ministerial N° 609-2016-MINAGRI, de fecha 14 de diciembre de 2016, que aprobó el Reglamento Interno de la referida Comisión, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 13.- Noti fi cación Disponer que la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria – OACID, remita copia de la presente Resolución a los miembros integrantes de la Comisión de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego y a los miembros de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción creada mediante Resolución Ministerial N° 531-2016-MINAGRI. Artículo 14.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, (www.gob.pe/minagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1724344-1 Modifican la R.M. N° 0418-2014-MINAGRI, sobre designación de representantes del gobierno nacional, de los gobiernos regionales, de los gremios e instituciones ante el Consejo Nacional del Arroz RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0486-2018-MINAGRI Lima, 17 de diciembre de 2018VISTOS:El O fi cio Nº 1588-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA, de la Dirección General Agrícola; y, el Informe Legal N° 1174-2018-MINAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, se constituyó el Consejo Nacional del Arroz, encargado de identi fi car, analizar y proponer el marco legal y los lineamientos de política para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo ordenado y sostenible de la cadena productiva del arroz; Que, el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 030- 2005-AG, modi fi cado por la Resolución Suprema N° 038-2013-MINAGRI, establece que el Consejo Nacional del Arroz está conformado por el Ministro de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá; tres (03) representantes de los Gobiernos Regionales, uno de la Costa Norte, uno de la Selva y uno del Sur; cuatro (04) representantes de la Asociación Peruana de Productores de Arroz–APEAR; dos (02) representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, uno de la Costa Norte y uno de la Costa Sur; un (01) representante de la Asociación Peruana de Molineros de Arroz–APEMA; un (01) representante de los Importadores de Arroz; un (01) representante de la Asociación de Productores Agrícolas Mercado Santa Anita; y, un (01) representante de la Autoridad Nacional del Agua–ANA; el artículo 3, dispone que la designación de los representantes, se hará mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego y, en el caso de los representantes de los gremios, será a propuesta de éstos; Que, en tal virtud, mediante Resolución Ministerial N° 0418-2014-MINAGRI, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 0532-2014-MINAGRI y 0455-2015-MINAGRI, el Ministerio de Agricultura y Riego, designó a los representantes del gobierno nacional, de los gobiernos regionales, de los gremios e instituciones ante el Consejo Nacional del Arroz; Que, con el Informe Técnico N° 053-2018-MINAGRI- DVDIAR-DGA-DIA/SASH, expedido por la Dirección Agrícola, remitido mediante el O fi cio Nº 1588-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA, la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, señala que los integrantes del Consejo Nacional del Arroz acreditaron formalmente ante la Secretaría Técnica del citado Consejo, a sus representantes, recomendando la modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0418-2014-MINAGRI, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 0532-2014-MINAGRI y 0455-2015-MINAGRI, adjuntando la documentación pertinente; Que, en consecuencia, es necesario modi fi car la Resolución Ministerial N° 0418-2014-MINAGRI, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 0532-2014-MINAGRI y 0455-2015-MINAGRI, con el fi n de actualizar a los representantes del gobierno nacional, de los gobiernos regionales, de los gremios e instituciones ante el Consejo Nacional del Arroz; Con las visaciones de los Despachos Viceministeriales de Políticas Agrarias y, Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; de la Autoridad Nacional del Agua; de la Dirección General Agrícola; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modi fi cado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0418-2014-MINAGRI, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 0532-2014-MINAGRI y 0455-2015-MINAGRI, que designa a los representantes del gobierno nacional, de los gobiernos regionales, de los gremios e instituciones ante el Consejo Nacional del Arroz, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Designar a los representantes del gobierno nacional, gobiernos regionales, gremios e instituciones, ante el Consejo Nacional del Arroz, constituido por Resolución Suprema N° 030-2005-AG y sus modi fi catorias, conforme al siguiente detalle: a) El Ministro de Agricultura y Riego, quien lo presidiráAlterno : Viceministro de Políticas Agrarias.b) Tres (03) representantes de los Gobiernos Regionales, uno de la Costa Norte, uno de la Selva y uno del Sur. Costa Norte:Gobierno Regional de PiuraTitular : Director(a) de la Dirección Regional de Agricultura. Alterno : Director(a) de la Dirección de Competitividad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura.