Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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CONVENIOS INTERNACIONALES

Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema
NOTA RE. (GAB) N° 6/160 Lima, 24 de octubre de 2018 Excelentísimo señor Ministro Tengo a honra dirigirme a Su Excelencia a fin de referirme a los compromisos adoptados en el Plan de Acción de Sucre y el Plan de Acción de Cobija, en el marco de los Gabinetes Binacionales de 2016 y 2018 entre el Perú y Bolivia, relativos a la habilitación del paso de frontera San Lorenzo ­ Extrema con el propósito de atender los requerimientos del tránsito de personas, vehículos y mercancías entre los dos países. Al respecto, tengo a bien comunicar el propósito que anima al Gobierno del Perú de habilitar el paso de frontera San Lorenzo ­ Extrema, en una primera etapa y de forma temporal, para facilitar el traslado de materiales de construcción que requiere efectuar el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia hasta el 15 de enero del año 2019. El gobierno del Perú formula los mejores votos para que ambos países continuemos trabajando de manera progresiva y gradual para atender la demanda de servicios por parte del control fronterizo binacional en San LorenzoExtrema y los demás puntos definidos y por definir de nuestra frontera común. La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien hacerme llegar Su Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación, por la vía diplomática, mediante la cual el Gobierno de la República del Perú notifique al Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su ordenamiento jurídico a tal efecto. En la convicción de que la habilitación del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de los ideales de amistad y cooperación peruano-boliviana, hago propicia la ocasión para renovar a Su Excelencia los sentimientos de mi más alta consideración y aprecio. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministerio de Relaciones Exteriores Al Excelentísimo señor DIEGO PARY Ministro de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia La Paz.CITE: GM-AG-Cs-4/2018 H.R.: 66292.18 La Paz, 25 de octubre de 2018 Excelentísimo Señor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a usted, a fin de referirme a su Nota RE. (GAB) N° 6/160 referente a la habilitación del paso de frontera San Lorenzo ­ Extrema con el propósito de atender los requerimientos del tránsito de personas, vehículos y mercancías entre los dos países. Al respecto tengo a bien expresar la plena conformidad del Estado Plurinacional de Bolivia con lo expresado en la mencionada nota, que indica lo siguiente: "Excelentísimo señor Ministro: Tengo a honra dirigirme a Su Excelencia a fin de referirme a los compromisos adoptados en el Plan de Acción de Sucre y el Plan de Acción de Cobija, en el

marco de los Gabinetes Binacionales de 2016 y 2018 entre el Perú y Bolivia, relativos a la habilitación del paso de frontera San Lorenzo ­ Extrema con el propósito de atender los requerimientos del tránsito de personas, vehículos y mercancías entre los dos países. Al señor NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores República del Perú Lima - Perú Al respecto, tengo a bien comunicar el propósito que anima al Gobierno del Perú de habilitar el paso de frontera San Lorenzo ­ Extrema, en una primera etapa y de forma temporal, para facilitar el traslado de materiales de construcción que requiere efectuar el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia hasta el 15 de enero del año 2019. El gobierno del Perú formula los mejores votos para que ambos países continuemos trabajando de manera progresiva y gradual para atender la demanda de servicios por parte del control fronterizo binacional en San LorenzoExtrema y los demás puntos definidos y por definir de nuestra frontera común. La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien hacerme llegar Su Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación, por la vía diplomática, mediante la cual el Gobierno de la República del Perú notifique al Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su ordenamiento jurídico a tal efecto. En la convicción de que la habilitación del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de los ideales de amistad y cooperación peruano-boliviana, hago propicia la ocasión para renovar a Su Excelencia los sentimientos de mi más alta consideración y aprecio. En este sentido y considerando que la presente nota recoge el tenor de la nota recibida, queda constituido el Acuerdo entre nuestros dos Estados, mismo que entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación, por la vía diplomática, mediante la cual el Gobierno de la República del Perú notifique el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su ordenamiento jurídico a tal efecto. Con este motivo, hago propicia la oportunidad para reiterar a usted, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. DIEGO PARY RODRÍGUEZ Ministro de Relaciones Exteriores Ministerio de Relaciones Exteriores 1725246-1

Entrada en vigencia del Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema
Entrada en vigencia del "Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo ­ Extrema", efectuado mediante el intercambio de la Nota RE. (GAB) N° 6/160 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 24 de octubre de 2018, y la Nota CITE: GM-AG-Cs-4/2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 25 de octubre de 2018; y ratificado mediante el Decreto Supremo N° 053-2018RE, de fecha 17 de diciembre de 2018. Entró en vigor el 18 de diciembre de 2018. 1725261-1

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