Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 368/MDSM, QUE APRUEBA EL SERVICIO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL 2018-2022 Artículo 1º.- MODIFICAR ordenanza Nº368/MDSM, publicada el 08 de setiembre de 2018, en cuanto a la denominación consignada en los artículos 1º, 2º, 4º y 5º debiendo ser PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL PARA EL PERIODO 2018-2022 (Programa Municipal EDUCCA). Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad a través de la Subgerencia de Parques, Jardines y Medio Ambiente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San Miguel la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación en el Portal de Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 4º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1725383-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Incorporan infracciones en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 401-MVES Villa El Salvador, 14 de diciembre de 2018 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTOS: El Dictamen Nº 008-2018-CSCV-MVES de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Vial, el Memorando Nº 958-2018-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 529-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 162-2018-OPP/ MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 083-2018-GSCV/MVES de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, el Informe Nº 175-2018SGFA/GSCV/MVES de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 081-2018-STS-GSCV/ MVES y el Memorando Nº 239-2018-STS-GSCV/MVES de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, sobre incorporación de infracciones y sanciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 385-MVES; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma

Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico".; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa."; Que, el artículo 46º de la precitada Ley, establece que: "Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias."; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la precitada Ley, señala como atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, la de: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos."; Que, con Ordenanza Nº 385-MVES, el Concejo Municipal de Villa El Salvador, aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0162009-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito ­ Código de Tránsito, señala que: "Las Municipalidades Distritales en materia de tránsito terrestre, ejercen funciones de gestión y fiscalización, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente Reglamento."; siendo que, el artículo 215º de la norma citada, establece las prohibiciones de estacionamiento, en casos como, los lugares que las señales lo prohíban, aceras, pasos peatonales, rampas, dentro de una intersección, frente a recintos militares o policiales, en cualquier lugar que afecte la operatividad del servicio público de transporte, entre otros; Que, el numeral 59.10 del artículo 59º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, establece como función administrativa y ejecutora de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, entre otras, la de: "Proponer la actualización y aprobación del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS)."; Que, con Memorando Nº 239-2018-STS-GSCV/MVES e Informe Nº 081-2018-STS-GSCV/MVES la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, solicita la incorporación al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Villa El salvador (CUIS), aprobado con Ordenanza Nº 385-MVES, 2 acciones consideradas como infracciones y sus correspondientes sanciones, respecto al estacionamiento de vehículos que afectan la vía pública; por lo que, sugiere y opina favorablemente a la incorporación de las siguientes infracciones: i) Por estacionar vehículos en la vía pública afectando el libre tránsito peatonal y vehicular; y, ii) Por estacionar vehículos en la vía pública afectando el ornato de la vía; siendo que, con Informe Nº 083-2018-GSCV/MVES, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial ratifica lo señalado por su Subgerencia; Que, con Informe Nº 175-2018-SGFA/GSCV/MVES, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa en uso de sus funciones, emite opinión favorable a la propuesta de incorporación de infracciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS), aprobado con

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