Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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CAPÍTULO II SANCIONES Artículo 80º.- Las faltas graves establecidas en el artículo precedente serán sancionadas hasta con un máximo de treinta (30) días calendarios de suspensión en el ejercicio del cargo. La falta establecida en el literal f), aparte de la suspensión en el ejercicio del cargo, será denunciada ante la Policía Nacional, el Poder Judicial y/o las autoridades correspondientes. Contra el acuerdo que aprueba o rechaza la suspensión procede recurso de reconsideración ante el mismo concejo municipal, dentro de los ocho (8) días hábiles posteriores a la notificación del acuerdo, no siendo exigible su presentación para la interposición del recurso a que se contrae el párrafo siguiente. El recurso de apelación se interpone ante el concejo municipal dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la notificación del acuerdo de concejo que aprueba o rechaza la suspensión, o resuelve su reconsideración. El concejo municipal lo elevará al Jurado Nacional de Elecciones en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, bajo responsabilidad. El Jurado Nacional de Elecciones resuelve en instancia definitiva y su fallo es inapelable e irrevisable. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese cualquier norma municipal que se oponga al presente Reglamento. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Lo no contemplado en el presente Reglamento, se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 o ante el vació legal de éste último por lo que acuerde el Concejo Municipal, debiendo respetar las normar legales vigentes. 1725325-1

Que, la Ordenanza Nº 007-2018-MDB, de fecha 31 de diciembre de 2018, publicada en el diario Oficial El Peruano con fecha 16 de noviembre de 2018, se estableció incentivos tributarios y no tributarios a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de las obligaciones, generadas hasta la entrada en vigencia de la presente norma y que se encuentren pendientes de pago. Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su segunda Disposiciones Finales y Complementarias, faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio del Decreto de Alcaldía, de la vigencia del beneficio otorgado a través de la referida Ordenanza. Que, mediante Informes Nº 070-2018-MDB/GATRSR y Nº 403-2018-MDB/GATR-SOT emitidos por la Subgerencias de Recaudación y Orientación Tributaria respectivamente, se considera pertinente el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito de Bellavista, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, establecidas en la Ordenanza Nº 007-2018-MDB, motivo por el cual, se hace necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma; Estando a las consideraciones expuestas y el uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 40º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la ordenanza Nº 007-2018-MDB, que establece incentivos al pago al contado de obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Distrital de Bellavista, hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2018, en mérito a los considerandos antes expuestos. Articulo 2º.- ENCARGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración tributaria y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Articulo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. NANDER YOPLAC VILLAVICENCIO Alcalde 1725958-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 007-2018-MDB, que establece incentivos al pago al contado de obligaciones tributarias y no tributarias
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2018/MDB Bellavista, 28 de noviembre del 2018 ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Visto la ordenanza Nº 007-2018-MDB que aprueba incentivos al pago al contado de obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Distrital de Bellavista y el Informe Nº 070-2018-MDB/GATR-SR, emitido por la Subgerencia de Recaudación, así como el informe Nº 403-2018-MDB/GATR-SOT, emitido por la Subgerencia de Orientación Tributaria; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037-2018-MPCH Chanchamayo, 18 de octubre de 2018 VISTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo del 12 de Octubre de 2018, ha visto el Informe Nº 405-2018-GPPPI/MPCH, de fecha 03 de Octubre de 2018, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Programación e Inversiones, Carta Nº 002-2018-CPET/ MPCH, de fecha 27.09.2018, emitido por la Comisión de Economía y Tributación, Carta Nº 0195-2018-A/MPCH, de fecha 21.08.2018, emitido por el Despacho de Alcaldía; Informe Nº 321-2018-GPPII/MPCH, de fecha 04.10.2018, La Opinión Legal Nº 271-2018-GAJ/MPCH, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

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