Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de diciembre de 2018 /

El Peruano

III. Diagnóstico de La Molina IV. Estructura Económica del Distrito de La Molina V. Usos del Suelo VI. Dimensiones Conexas de Análisis en el Distrito VII. Análisis Estratégico. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico y demás unidades orgánicas comprendidas en el ámbito de su aplicación, la implementación del Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de La Molina 2019 - 2021. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación de la presente Ordenanza y el texto del Plan en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1725320-1

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Otorgan facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para los contribuyentes que residan en las cinco zonas del distrito de Lurín
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 365-2018-ALC/ML Lurín, 11 de diciembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2018, el Informe Nº 1511-2018-SGRR-GR/ ML de fecha 01 de agosto de 2018, emitido por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el Informe Nº 2196-2018-SGRR/GR-ML de fecha 20 de noviembre de 2018, elaborado por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el Memorándum Nº 845-2018-GR/ML de fecha 21 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 1132-2018-GAJ/ML de fecha 03 de diciembre de 2018, a través del cual la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: "(...) La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, el artículo IV de la acotada Ley, establece que: "Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción"; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de

la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que, conforme a lo señalado a las normas referidas precedentemente, así como en lo dispuesto en el artículo 74º de la Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la Ley; Que, conforme a lo previsto en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, corresponde al Concejo Municipal la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de Ley; Que, asimismo el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, ha regulado que las ordenanzas de la Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que, con Informe Nº 1511-2018-SGRR-GR/ML de fecha 01 de agosto de 218, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación propone el "Proyecto de Ordenanza que otorga facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para los contribuyentes que residan en las cinco zonas del Distrito de Lurín", con la finalidad de promover y establecer beneficios de forma gradual para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias generadas a los contribuyentes residentes en las zonas "A"; "B"; "C"; "D" y "E" del distrito de Lurín, ante la necesidad de desarrollar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes del distrito, e incrementar el pago de las deudas de los años anteriores, sincerar las cuentas por cobrar, y disminuir los índices de morosidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; Que, con Informe Nº 2196-2018-SGRR/GR-ML de fecha 20 de noviembre de 2018, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, sustenta la presente ordenanza, indicando porcentajes de morosidad por cada una de las 5 zonas del Distrito de Lurín, sugiriendo a su vez, la aprobación por Sesión de Consejo al presente "Proyecto De Ordenanza Que Otorga Facilidades De Pago Con Gradualidad En Deudas Tributarias Para Los Contribuyentes Que Residan En Las Cinco Zonas Del Distrito De Lurín"; Que, es política de la presente gestión, incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, siendo necesario por ello otorgar facilidades de pago con gradualidad en materia tributaria a los contribuyentes del Distrito de Lurín, mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las obligaciones tributarias; Que, con Informe Nº 1132-2018-GAJ/ML de fecha 03 de diciembre de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de la opinión favorable para que se apruebe la Ordenanza que otorga facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para las contribuyentes que residan en las cinco zonas del Distrito de Lurín", por estar de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal y del Código Tributario; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE OTORGA FACILIDADES DE PAGO CON GRADUALIDAD EN DEUDAS TRIBUTARIAS PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE RESIDAN EN LAS CINCO ZONAS DEL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- OBJETIVO Establecer en la jurisdicción del distrito de Lurín, durante la vigencia de la presente Ordenanza, el Régimen que otorga facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para los contribuyentes que residan en las cinco zonas del Distrito de Lurín, que tengan predios

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