Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Ordenanza Nº 385-MVES; asimismo, con Memorando Nº 162-2018-OPP/MVES, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la incorporación de las dos (02) infracciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 385-MVES; Que, con Informe Nº 529-2018-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la incorporación al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 385MVES, las infracciones propuestas por la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial respecto al estacionamiento de vehículos que afectan la vía pública, las cuales son: i) Por estacionar vehículos en la vía pública afectando el libre tránsito peatonal y vehicular; y, ii) Por estacionar vehículos en la vía pública afectando el ornato de la vía; precisando que es innecesaria la prepublicación por cuanto la Ordenanza está orientada a la incorporación de infracciones de carácter general, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; por lo que, al contar con las opiniones técnicas favorables, así como al encontrarse conforme a la normatividad vigente, señala que resulta procedente su aprobación ante el Concejo Municipal, de acuerdo al numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Memorando Nº 958-2018-GM/MVES, la Gerencia Municipal al contar con los informes técnicos y legales, así como al encontrarse conforme a la normatividad vigente, remite los actuados administrativos a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, conforme a lo establecido en el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen Nº 008-2018-CSCV-MVES de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Vial, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA CÓDIGOS DE INFRACCIÓN, EN EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR, APROBADO CON ORDENANZA Nº 385-MVES Artículo Primero.- INCORPORAR al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 385-MVES, las siguientes infracciones:
05-400 Infracciones y Sanciones a Vehículos CÓDIGO INFRACCIÓN % DE SUJETO A UIT BENEFICIO MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1725324-1

Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Villa El Salvador
ORDENANZA Nº 402-MVES Villa El Salvador, 14 de diciembre del 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 002-2018-CAL/MVES de la Comisión de Asuntos Legales, el Informe Nº 5462018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 801-2018-SG/MVES de la Oficina de Secretaria General, sobre aprobación de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico."; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley."; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal la de: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; asimismo el numeral 12) del artículo 9º de la misma norma señala como atribución del Concejo Municipal la de "Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal."; Que, mediante Ordenanza Nº 322-2015/MVES de fecha 17 de Febrero del 2015, se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Que, el numeral 29.2 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Nº 369MVES, establece como una de las funciones normativas y reguladoras de la Oficina de Secretaria General la de "Proponer proyectos de normas municipales en materia de su competencia"; Que, mediante Memorando Nº 801-2018-SG/ MVES, la Oficina de Secretaria General, responsable de verificar que la Alcaldía y Concejo Municipal gestionan eficazmente los aspectos de administración interna de ambos órganos de gobierno y en concordancia

POR ESTACIONAR VEHÍCULOS EN LA VÍA 05-401 PÚBLICA AFECTANDO 25% EL LIBRE TRÁNSITO PEATONAL Y VEHICULAR 05-402 POR ESTACIONAR VEHÍCULOS EN LA VÍA 25% PÚBLICA AFECTANDO EL ORNATO DE LA VÍA

SI

NO APLICA

SI

NO APLICA

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, Unidad de Tesorería, y a las demás unidades orgánicas competentes, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano.

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