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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Sábado 22 de diciembre de 2018 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 261-2018-MDSL/C, que estableció beneficios de regularización de deudas tributarias vencidas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2018-MDSL/A San Luis, 20 de diciembre del 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Nº 260-2018-MDSL-GAT fecha 19 de Diciembre del 2018, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria sobre “Prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 261-2018-MDSL/C”; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (…) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 261-2018-MDSL/C de fecha 28 de Setiembre del 2018, el Concejo Municipal de San Luis, estableció bene fi cios ordinarios de regularización de deudas tributarias vencidas por concepto de Impuesto Predial y Tasa de Arbitrios municipales, multas tributarias y multas administrativas. Que, en la Segunda Disposición Final y Transitoria de la citada Ordenanza; faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento. Que, por otro lado mediante Informe Nº 260-2018-MDSL-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria sugiere se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 261-2018-MDSL/C hasta el 29 de Diciembre del 2018. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (…), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante el Art. 17.1 La Autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesiones derechos fundamentales o interés de buena fe legalmente prote fi dos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cado para su adopción. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de Diciembre del 2018, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 261-2018-MDSL/C, el mismo que estableció bene fi cios ordinarios de regularización de deudas tributarias vencidas por concepto de Impuesto Predial y Tasa de Arbitrios municipales, multas tributarias y multas administrativas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, y demás unidades orgánicas correspondiente, el fi el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática y Tecnología de la Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munisanluis.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1725925-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican la Ordenanza N° 368/MDSM, que aprueba el Servicio Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad 2018 - 2022 ORDENANZA Nº 374/MDSM San Miguel, 28 de noviembre de 2018EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; VISTOS, el memorando Nº803-2018-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº124-2018-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, informe Nº023-2018-GGASC/MDSM emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, y el informe Nº180-2018-SGPJMA-GGASC/MDSM emitido de la Subgerencia de Parques, Jardines y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO:Que, mediante los Decretos Supremos Nº017-2012- ED y Nº016-2016-MINEDU se aprueban la Política y el Plan Nacional de Educación Ambiental, como instrumentos de obligatorio cumplimiento para orientar las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, asimismo con la ordenanza Nº368/MDSM, se aprobó el Servicio Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Miguel para el período 2018-2022, de acuerdo a la normativa vigente; Que, mediante documento de vistos, la Subgerencia de Parques, Jardines y Medio Ambiente, solicita la recti fi cación de la denominación de la ordenanza precitada y los artículos 1º, 2º, 4º y 5º, debiendo ser Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Miguel para el período 2018-2022; en ese sentido, la Gerencia de Asuntos Jurídicos considera procedente la modi fi cación de la ordenanza, debido a que se encuentra acorde al Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022, y a la Guía para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y demás dispositivos pertinentes de la Ley Nº27972, Ley