Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Ordenanza que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización del autovalúo predial y arbitrios municipales del ejercicio 2019
ORDENANZA Nº 035-2018-MDMM Magdalena del Mar, 03 de diciembre de 2018 POR CUANTO: El concejo Municipal del Distrito de Magdalena del Mar, en sesión Ordinaria Nº 031 de fecha 03 de diciembre de 2018 y; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por las leyes Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Articulo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27 972 , en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto único Ordenado del Código tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que mediante ordenanza se crean , modifican ,suprimen o exoneran , las contribuciones , arbitrios, licencias y derechos , dentro de los límites establecidos por Ley . Debiendo ser las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales, ratificadas por la Municipalidad Provincial que corresponda; Que, el literal a) del Artículo 14º del Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente; asimismo, el último párrafo del referido artículo, señala que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación por el artículo aludido. Asimismo , la Cuarta Disposición final del citado texto legal, establece que "Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores , determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes , incluida su distribución a domicilio , quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más de 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio (...)",. Que, conforme al Artículo 2º de la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye la Ordenanza Nº 1553 y modificatorias, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de las Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, Publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 05.04.2018, establece que "(...) La ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma , constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales"; asimismo, la Sétima Disposición final de la acotada norma, establece que "Las Ordenanzas distritales que aprueban el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo ratificatorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de Diciembre.(...)"; Que mediante Ordenanza Municipal Nº055-2017 ­ MDMM se prorroga para el ejercicio 2018 la vigencia de la Ordenanza 040-2016-MDMM ratificada mediante Acuerdo

de Concejo Nº 432 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que mediante memorándum Nº720-2018-GATR/ MDMM la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas da cuenta del informe Nº442-2018-SGCEC-GATR/MDMM que señala que de la proyección de los costos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y vencimiento de pago del impuesto predial para el ejercicio 2019, no se reportan variaciones sustanciales respecto de los aprobados mediante ordenanza 040-2016-MDMM, indicando por lo tanto la prórroga de su vigencia al amparo de la sétima disposición final de la Ordenanza Nº 2085/MML. Que estando al uso de las facultades conferidas en los incisos 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente : ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DEL AUTOAVALUO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2019 Articulo Único.- PRORROGAR para el 2019, la vigencia de los montos por derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a Domicilio de la declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y arbitrios Municipales. Teniendo en consideración las disposiciones establecidas en la Ordenanza 040-2016-MDMM, ratificada mediante acuerdo de concejo Nº 432 de la Municipalidad de Lima Metropolitana manteniendo en S/.5.19 (Cinco y 19/100) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, determinación y distribución a Domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2019; debiendo abonar adicionalmente la suma De S/.0.23 veintitrés céntimos de sol por cada predio anexo o adicional; cuyos montos deben ser abonados por el obligado en el pago de la primera cuota del impuesto Predial. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01.01.2019, siempre que se haya cumplido con su correspondiente publicación, conforme al marco legal vigente. Segunda.- Facultar al señor Alcalde para que mediante decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico el debido cumplimiento de la presente ordenanza, y a la Gerencia de Comunicaciones la difusión de la misma. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, con el apoyo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, comunicar al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad de Lima Metropolitana de Lima la aplicación del acuerdo de Concejo ratificatorio de la Ordenanza 040-2016-MDMM ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº432 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el ejercicio 2019, tal como lo estipula la Sétima Disposición Final de la Ordenanza 2085 de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Quinta.- Encargar a la Secretaría General la Publicación de la presente ordenanza en el diario Oficial El Peruano, y Subgerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1724838-1

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