Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2018 (19/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 19 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Salud de Salud de las Personas de la Dirección Regional de Salud del Callao, remite el Informe Técnico y Aportes emitido por la Jefa de la Oficina de la Dirección de Atención Integral en Salud a través del Informe Nº 096-2017-GRC/ DIRESA/DAIS de fecha 11 de setiembre de 2017; Que, en ese sentido, considerando que la presente Ordenanza Regional, tiene como propósito, priorizar las intervenciones de Promoción de la Salud en los niveles del Gobierno Regional y Local, mediante la Gestión Intersectorial e Intergubernamental; y, del mismo modo, su objetivo es lograr que las instituciones públicas y privadas de la Región Callao vinculadas a la salud y sus determinantes sociales, incorporen en sus políticas institucionales, la Promoción de la Salud, con el fin de mejorar los entornos y estilos de vida saludables; es menester que se declare a través de la presente Ordenanza Regional; de interés prioritario regional la Promoción de la Salud con enfoque de Gestión Territorial en la REGIÓN CALLAO; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en virtud a los considerandos establecidos, por unanimidad: "ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL LA PROMOCIÓN DE LA SALUD DESDE EL ENFOQUE TERRITORIAL" Artículo Primero.- Declárese de interés prioritario regional la Promoción de la Salud con enfoque de Gestión Territorial en la REGIÓN CALLAO, orientando a las intervenciones e inversión local en el cuidado de la salud, conducentes a la generación de entornos saludables y comportamientos saludables. Artículo Segundo.- Confórmese el "Comité Regional de Promoción de la Salud de la Región Callao", como parte del Consejo Regional de Salud del Callao, presidido por un Representante del Gobernador Regional del Callao, e integrado por un Representante de la Dirección Regional de Salud del Callao, quien ejerce la Secretaría Técnica, Un Representante del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, un Representante de cada uno de los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Bellavista, La Perla, La Punta, Carmen de la Legua, Ventanilla, Mi Perú y dos representantes designados por el Consejo Regional de Salud. El citado Comité tendrá la responsabilidad de elaborar en un plazo máximo de (90) días hábiles, desde la vigencia de la presente ordenanza, el "Plan Regional Multisectorial de Promoción de la Salud de la Región Callao" con enfoque territorial, el que deberá incluir las prioridades señaladas en el artículo precedente, en el marco de los criterios establecidos en el Anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional; el cual será aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional, previa opinión favorable del Consejo Regional de Salud del Callao. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección Regional de Salud del Callao, el monitoreo de la implementación y cumplimiento de las metas establecidas en el "Plan Regional Multisectorial de Promoción de la Salud de la Región Callao", teniendo en cuenta los programas presupuestales, con articulación territorial u otros mecanismos de financiamiento. Artículo Cuarto.- Convóquese a las autoridades regionales y locales, a las Juntas Vecinales, Organizaciones Sociales, Instituciones Públicas y Privadas y la Sociedad Civil organizada, como actores claves para el diseño e implementación del "Plan Regional Multisectorial de Promoción de la Salud", con enfoque de Gestión Territorial, para lo cual el Comité Regional de Promoción de la Salud de la Región Callao", establecerá los espacios y mecanismos de participación y concertación. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en la Portal WEB del Gobierno Regional del Callao y en la Portal WEB del Estado Peruano. Artículo Sexto.- Encárguese a la Oficina de Trámite Documentario y el Archivo del Gobierno Regional del

Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador 1607447-1

Designan Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000022 Callao, 8 de enero de 2018 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 000016 de fecha 03 de Enero del 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la misma que fue modificada por la Ley Nº 27927, estableciendo que todas las entidades de administración pública, están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identificar al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado; Que, por Decreto Supremo Nº 043 ­ 2003 ­ PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, por Decreto Supremo Nº 072 ­ 2003 ­ PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Artículo 3º, señala que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la información pública dentro de su competencia funcional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000016 de fecha 03 de Enero del 2018, se designó al Sr. Mario Lizardo Juan Sánchez Verme, en el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, del Gobierno Regional del Callao; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha al Sr. Mario Lizardo Juan Sánchez Verme, como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, notificar la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese y comuníquese. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador 1607448-1

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