Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2018 (19/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de enero de 2018 /

El Peruano

Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación y el Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 004-2018-CE-PJ Lima, 10 de enero de 2018 VISTO: El Oficio N° 1835-2017-GG/PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial, por el cual remite el Informe N° 776-2017-OAL-GG/PJ, respecto a la conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación y el Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprobó la implementación de la Metodología de Simplificación Administrativa, con la finalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de reingeniería o simplificación administrativa. Segundo. Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.1.1 de la ficha metodología se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación administrativa; y el Equipo de Mejora Continua, como responsable de planificar y gestionar el proceso de simplificación administrativa al interior de cada entidad del sector público. Tercero. Que, por Resolución Administrativa N° 237-2017-CE-PJ, del 2 de agosto de 2017, este Órgano de Gobierno conformó el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación del Poder Judicial; así como, la conformación del Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial, responsable de gestionar el proceso de simplificación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplificación Administrativa. Cuarto. Que, al respecto, mediante Memorándum N° 134-2017-GG-PJ, el Gerente General (e) del Poder Judicial comunica que se ha producido cambio en la Subgerencia de Racionalización, proponiendo que el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación y el Equipo de Mejora Continua debe estar conformado solo por cargos funcionales. Quinto. Que, en mérito a lo expuesto y de conformidad con las funciones y facultades de este Órgano de Gobierno, resulta necesario establecer que el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación y el Equipo de Mejora Continua estará conformado por cargos funcionales. En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 010-2018 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación del Poder Judicial, el cual estará integrado por: - El Gerente General del Poder Judicial, en su calidad de Presidente del Comité. - El Secretario General de la Gerencia General del Poder Judicial, en su calidad de Secretario del Comité. - El Sub Gerente de Planes y Presupuesto, en su calidad de Integrante del Comité.

Artículo Segundo.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial, responsable de gestionar el proceso de simplificación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplificación Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, que estará integrado por: - El Sub Gerente de Racionalización, en su calidad de Conductor del proceso. - El Sub Gerente de Remuneraciones, en su calidad de Integrante del Equipo. - El Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, en su calidad de Secretario del Equipo. - El Sub Gerente de Capacitación, en su calidad de Integrante del Equipo. - El Sub Gerente de Desarrollo de Sistema Informático, en su calidad de Integrante del Equipo. - El Gerente de la Oficina de Infraestructura, en su calidad de Integrante del Equipo. - El Jefe de la Oficina de Imagen y Prensa de la Corte Suprema de Justicia de la República, en su calidad de Integrante del Equipo. - El Sub Gerente de Atención de Propuestas Ciudadanas, en su calidad de Integrante del Equipo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, funcionarios designados; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1607889-2

Establecen que trámite de Devolución de Aranceles y Derechos de Tramitación se realice en forma gratuita; con excepción de la deducción de la comisión cobrada por la entidad financiera
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 005-2018-CE-PJ Lima, 10 de enero de 2018 VISTO: El Oficio N° 1925-2017-GG/PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial, respecto a la modificación de la Directiva N° 010-2013-CE-PJ, "Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial". CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 257-2013-CE-PJ del 6 de noviembre de 2013, se aprobó la Directiva N° 010-2013-CE-PJ, "Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial", actualmente vigente; la misma que regula el proceso de devolución y habitación del valor contenido en los aranceles judiciales y/o derechos de tramitación que se realizan ante el Poder Judicial. Segundo. Que, por Decreto Legislativo N° 1246 se aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa que inciden en los requisitos de los diversos procedimientos administrativos que se tramitan ante la administración pública; así, también, se aprobó el Decreto Legislativo N° 1272 que modificó la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, norma que igualmente incide en la regulación de los diferentes procedimientos administrativos contenidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos en beneficio de los administradores; entre otras medidas.

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