Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2018 (19/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 19 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Delegan en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2018
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 028-2018-A/MM Miraflores, 17 de enero de 2018 EL ALCALDE DE MIRAFLORES VISTO, el Memorándum Nº 004-2018-GPP-MM de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 02-2018-SGP-GPP-MM de la Subgerencia de Presupuesto, sobre la propuesta de delegación de facultades en materia presupuestal, referidas a la aprobación de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Año Fiscal 2018 y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con el Principio de Anualidad, contemplado en el artículo IX del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario, asimismo durante dicho período se afectan los ingresos percibidos dentro del año fiscal, cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 087-2017/ MM de fecha 19 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2018 de la Municipalidad de Miraflores; habiéndose promulgado el Presupuesto de Ingresos y Gastos para dicho período, con Resolución de Alcaldía Nº 644-2017-A/ MM del 22 de diciembre de 2017; Que, según el artículo 7, numeral 7.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; siendo responsable solidario con el delegado. De igual modo, según el numeral 40.2 del artículo 40, del mismo dispositivo, las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; siendo que el titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con el Informe Nº 02-2018-SGP-GPP/MM del 08 de enero de 2018, la Subgerencia de Presupuesto señala que, en el marco normativo del Sistema Nacional de Presupuesto, considerando que durante el proceso presupuestario del año fiscal 2018 el presupuesto institucional de la entidad está sujeto a modificaciones en los niveles institucional y funcional programático, solicita se deleguen las facultades respectivas en materia presupuestal a favor del Gerente Municipal de la entidad, con la finalidad de facilitar la gestión presupuestal y

el cumplimiento de objetivos y metas institucionales; propuesta que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, según se aprecia del Memorándum Nº 004-2018-GPP/MM; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en el Informe Legal Nº 005-2018-GAJ/MM de fecha 11 de enero de 2018, concluye que la delegación propuesta en líneas precedentes se encuentra acorde a ley y corresponde emitir la resolución respectiva a efectos de delegar facultades al Gerente Municipal, para la aprobación de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Año Fiscal 2018, siendo que la resolución respectiva deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, según el artículo 6 de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local; el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa, correspondiéndole aprobar y resolver asuntos de carácter administrativo a través de resoluciones de alcaldía, conforme lo establece el artículo 43 de la precitada norma; Que, de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Miraflores, aprobado por Ordenanza Nº 475/MM, la Gerencia Municipal es el órgano de alta dirección responsable, entre otros, de planificar, dirigir, coordinar, monitorear, controlar y evaluar la gestión presupuestaria y financiera de la administración municipal, que depende funcional y jerárquicamente del Alcalde; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 20 de la Ley Nº27972, es facultad del alcalde delegar sus atribuciones administrativas en el gerente municipal; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar, en el Gerente Municipal, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2018, incluido sus anexos, a propuesta y previa opinión favorable de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; así como aquellas que se requieran en el período de regularización, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. miraflores.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1607849-1

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Establece el monto mínimo y vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 240-2017/MDP Pucusana, 13 de diciembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

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