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37 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2018 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Formalizan modificaciones de la Directiva “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 314-2017-SERVIR/PE Lima, 29 de diciembre de 2017VISTO; el Informe Nº 346-2017-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 4 de la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales el Subsistema de Gestión del Empleo es de fi nido como aquel que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los fl ujos de servidores en el referido sistema desde su incorporación hasta su desvinculación; Que, en cuanto al citado Subsistema de Gestión del Empleo se precisa que éste incluye el proceso de Gestión de la Incorporación y Administración de Personas, encontrándose conformado el primero de ellos por la selección, vinculación, inducción y periodo de prueba de los servidores; Que, dentro del marco normativo descrito, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2016-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, así como del Anexo Nº 01: “Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”; y, Anexo Nº 02: “Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa”; Que, mediante Informe Nº 346-2017-SERVIR/ GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos propuso la modi fi cación de algunos artículos de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”; así como su actualización; Que, en la Sesión Nº 24-2017 del 27 de diciembre de 2017, el Consejo Directivo aprobó la propuesta de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y, dejó sin efecto el Anexo Nº 01: “Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil” y Anexo Nº 02: “Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa” de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la resolución respectiva; Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar las modi fi caciones de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, conforme al siguiente detalle: “4.2 DEFINICIONES Para efectos de la presente Directiva, se consideran las siguientes de fi niciones: (…)k) Área: Se re fi ere tanto a órganos como a unidades orgánicas de una Entidad, de acuerdo con lo señalado en los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública”, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y modi fi catorias 5.2.3.2 Etapa de Convocatoria y Reclutamiento (…)La fase de reclutamiento se inicia con la recepción de las postulaciones a la entidad pública, la que debe realizarse concluida la fase de convocatoria. Las postulaciones comprenden la presentación de las fi chas de postulantes y/o otros documentos solicitados en la convocatoria. La o fi cina de recursos humanos, o la que haga sus veces, selecciona solo aquellas fi chas de postulantes que cumplan con el per fi l de puesto, otorgándoles la condición “Cali fi ca” y publica la lista de los postulantes con la condición obtenida. (…) 5.2.3.3 Etapa de evaluación (…)c. Evaluación psicométrica y psicológicac.1 Evaluación psicométricaLas evaluaciones psicométricas están orientadas a medir las aptitudes, habilidades y/o coe fi ciente intelectual de los candidatos, mediante la aplicación de un procedimiento estandarizado que da como resultados puntajes o cali fi caciones directas a los sujetos evaluados. Deben ser de fi nidas por un(a) psicólogo(a) colegiado(a) y habilitado(a) en función de las especi fi caciones del perfi l, la naturaleza y la complejidad del puesto; tomando en cuenta validez y con fi abilidad de las herramientas elegidas. (…) 5.2.7 Veedurías en el Concurso Público de Méritos (…)SERVIR podrá emitir normas complementarias para regular el ejercicio de la veeduría. 5.2.8 Delegación de Concurso Público de Méritos de Directivos Públicos a cargo de SERVIR (…)Tal delegación se formaliza mediante la noti fi cación de la aceptación de SERVIR a la solicitud efectuada por la máxima autoridad administrativa de la entidad pública solicitante.