Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre del 2015, se otorgó a la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. HELISUR la Renovación y Modificación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 30 de setiembre del 2015; Que, mediante Expediente Nº T-239711-2017 del 12 de setiembre del 2017 y Documento de Registro Nº E-243249-2017 del 15 de setiembre del 2017, la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 13162017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 576-2017-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 152-2017MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 153-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 687-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial concedido mediante la Resolución Directoral Nº 415-2015-MTC/12 del 18 de setiembre del 2015, en el sentido de incrementar material aeronáutico de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL autorizados) AERONÁUTICO: (Además de los

Otorgan a la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 874-2017-MTC/12 Lima, 18 de diciembre del 2017 Vista la solicitud de la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., sobre otorgamiento del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº T-0990332017 del 19 de abril del 2017 y Documento de Registro Nº E-126930-2017 del 18 de mayo del 2017 la empresa LIMA AIRLINES S.A.C. solicitó el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 6942017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 241-2017-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 080-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 090-2017MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 322-2017-MTC/12.07, emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución, según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa LIMA AIRLINES S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a

- Airbus Helicopters H-145 - Twin Otter DHC-6-400 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 415-2015-MTC/12 del 18 de setiembre del 2015 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NUÑEZ VIDAL Director General de Aeronáutica Civil (e) 1598742-1

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