Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 27 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

51

juzgados civiles comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, ha sido la ampliación del horario de atención a los justiciables y/o abogados (8 horas), registro de un total de 10,530 atenciones, de las cuales, el 97% (10,214) requirieron compromisos, y de estos, el 55% (5,654) fueron programados para su atención en el plazo de 9 y 17 días; y el número de reiteraciones de compromisos de atención que suponen una dilatación adicional en el tiempo de atención al usuario fue de 1353 (13% de 10,530). Asimismo, el 57.3% equivalente a 3057 expedientes del total atendidos (5,337) requirieron de una sola atención, mientras que solo siete expedientes requirieron de 15 a más atenciones. Por otro lado, el PPR-Comercial consideró que el decrecimiento del número de reiteraciones se logrará en la medida que existan mecanismos de gestión que permita realizar el monitoreo y acciones correctivas en forma directa y efectiva, llegándose a proceder en el peor de los casos, al cambio de servidores por otros que sí estén alineados con los objetivos de calidad del servicio al litigante y/o abogado. b) Además de los indicadores evaluados por el PPRComercial, consideró conveniente que el seguimiento y monitoreo a los juzgados civiles comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima que tienen implementado el Proyecto Justicia, incorpore indicadores que permitan relacionar el total de reiteraciones además del juzgado, por el expediente en trámite; y que la distribución del total de atenciones sea en función a cada juzgado y al respectivo número del expediente en trámite, los cuales permitirían medir el nivel de satisfacción del usuario judicial; así como, abundar en el análisis de las causas que motivaron el mayor número de atenciones generadas para un expediente. Asimismo, señaló que otro aspecto relevante que se debe incorporar, es la evaluación cualitativa del personal jurisdiccional a efecto de determinar si este se encuentra alineado con los objetivos del proyecto; y, por otro lado, evaluar las causas que estarían generando un mayor nivel resolutivo en los juzgados civiles comerciales que aún no tienen implementado el Proyecto Justicia, respecto a los juzgados civiles comerciales que pese a que funcionan bajo el modelo de dicho proyecto desde abril de 2016, no logran mayor celeridad en la resolución de expedientes en trámite, como es el caso del 2º Juzgado Civil de la Subespecialidad Comercial. c) Se estimó que al término del año 2017, los ingresos de expedientes de los diecisiete juzgados civiles comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, se incrementarían en 133% respecto al año 2012 (de 8,230 a 19,195), mientras que aumentaría en 155% el número de expedientes resueltos (de 6,979 a 17,825), incrementos que estarían sustentados por la implementación del Sistema de Embargo Electrónico, Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), Sistema de Remates Judiciales Electrónicos (Rem@ju), coadyuvando en esa misma dirección, la disposición de implementar el Expediente Judicial Electrónico (EJE), y el "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia) implementado en los primeros seis juzgados de dicha subespecialidad. d) En el periodo de enero a octubre del año 2017, los mencionados juzgados civiles comerciales lograron resolver 14,854 expedientes, siendo el promedio por órgano jurisdiccional de 874 expedientes, cifra que resultó superior a los 683 expedientes resueltos en similar periodo del año 2016, y al estándar de producción establecido en 600 expedientes. Situación por la cual, resulta necesario una nueva evaluación del estándar vigente aprobado por Resolución Administrativa Nº 185-2016-CE-PJ, a fin que estando a las mejoras efectuadas en el sistema de gestión del despacho, determinar uno que esté acorde con la actual producción de expedientes resueltos por los juzgados de esta subespecialidad. e) De acuerdo al ranking de expedientes principales en trámite resueltos al mes de octubre de 2017, por el total de juzgados civiles comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, de los seis juzgados que tienen implementado el "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia)", cinco lograron ubicarse dentro

de las primeras nueve ubicaciones a excepción del 2º Juzgado Civil de la Subespecialidad Comercial que se ubicó en el puesto 11 del ranking al resolver 851 expedientes; no obstante haberse situado en el puesto 7 en el año 2016. Asimismo, señaló que el 17º Juzgado Civil de la Subespecialidad Comercial que aún no tiene implementado el Proyecto Justicia, se ubicó en el primer lugar al resolver 1,138 expedientes en trámite; no obstante tener un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de siete plazas ocupadas (incluida la plaza del Juez), cifra que es menor al número de plazas aprobadas para el 1º, 3º y 4º Juzgados que cuentan entre 8 y 9 plazas ocupadas (incluidas las plazas de magistrados). f) En concordancia con lo dispuesto por Resolución Administrativa Nº 286-2017-CE-PJ, la Comisión de Trabajo encargada de evaluar la propuesta de reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en coordinación con el PPR-Comercial, deberá elaborar una propuesta que permita estandarizar el número de plazas para los diecisiete Juzgados Civiles Comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima. g) Los seis primeros Juzgados Civiles Comerciales de la Corte Superior de Justicia de Lima que tienen implementado el Proyecto Justicia, no se encuentran exceptuados de lo dispuesto por Resolución Administrativa Nº 323-2016-CE-PJ, que establece que el horario de atención a los litigantes y/o abogados por parte del magistrado, sea de una hora en la mañana y de media hora en la tarde. Quinto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 0462018 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Celeridad en los Procesos Judiciales en materia Civil-Comercial 0119 del Poder Judicial", en el seguimiento y monitoreo de la implementación del "Proyecto de Mejora de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia)", de manera complementaria a los resultados de los indicadores informados, en su siguiente informe incorpore lo siguiente: a) Registro del total de reiteraciones en función a cada uno de los juzgados evaluados y además a los expedientes que se encuentran en situación de trámite, a efecto de medir el nivel de satisfacción del usuario judicial. b) Registro de la distribución del total de atenciones en función a los juzgados evaluados y al respectivo número del expediente en trámite, con la finalidad de abundar en el análisis de los motivos por los cuáles un expediente estaría requiriendo más de una atención. c) Evaluación cualitativa del personal jurisdiccional de cada uno de los órganos jurisdiccionales que tienen implementado el Proyecto Justicia, a efecto que se determine si se encuentran alineados con los objetivos del proyecto, recomendando las acciones pertinentes para la mejora del servicio. d) Evaluar las causas que estarían generando un menor nivel resolutivo en los juzgados civiles comerciales que ya tienen implementado el Proyecto Justicia, respecto a los que aún no lo han implementado; no obstante funcionar desde abril de 2016 bajo el modelo de dicho proyecto, no habiendo podido lograr mayor celeridad en la resolución de expedientes en trámite, como es el caso del 2º Juzgado Civil de la Subespecialidad Comercial.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.