Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2018 (30/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 30 de enero de 2018 /

El Peruano

Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 12 de febrero de 2018, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial; y la Procuraduría Pública del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1611205-1

Exhortan a las Cortes Superiores de Justicia del país y a los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, el debido cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Res.Adm. N° 213-2016-CE-PJ
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 017-2018-CE-PJ Lima, 17 de enero de 2018 VISTOS: El Oficio N° 993-2017-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informes Nros. 070 y 071-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 213-2016-CE-PJ, de fecha 24 de agosto de 2016, se dispuso que las Cortes Superiores de Justicia del país deberán publicar los días viernes de cada semana, en sus correspondientes portales web, la relación de causas que diariamente y en el transcurso de la siguiente semana serán vistas por cada una de las Salas Superiores Permanentes y Transitorias que la integran, encargándose a la Oficina de Productividad Judicial el monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto en dicha resolución administrativa. Segundo. Que, la Resolución Administrativa N° 256-2016-CE-PJ de fecha 5 de octubre de 2016, dispuso en su artículo primero el estricto cumplimiento de las medidas establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ, por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, de los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones que correspondan de acuerdo a lo señalado en el considerando tercero de la Resolución Administrativa N° 256-2016-CE-PJ. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 269-2016-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2016, se dispuso "Reiterar a las Cortes Superiores de Justicia del país el debido cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ (...)"; disponiéndose en el artículo segundo de dicha resolución administrativa que el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial remita mensualmente los informes que se deriven de la mencionada resolución. Asimismo, la Resolución Administrativa N° 074-2017-CE-

PJ de fecha 22 de febrero de 2017, dispuso en su artículo primero "Reiterar el estricto cumplimiento de las medidas establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 213-2016-CEPJ (...), por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores del país; así como, de los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, bajo apercibimiento de aplicar lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 256-2016-CEPJ". Cuarto. Que, la Resolución Administrativa N° 154-2017-CE-PJ de fecha 26 de abril de 2017, dispuso en su artículo primero "Reiterar, por última vez, a las Corte Superiores de Justicia del país y a los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, el debido cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ (...), bajo apercibimiento de aplicar lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 256-2016-CEPJ; así como, de comunicar la falta funcional a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para que proceda conforme a sus atribuciones". Quinto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 254-2017-CE-PJ de fecha 14 de agosto de 2017, este Órgano de Gobierno dispuso "Comunicar a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial la relación de Salas Superiores que han incumplido las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ,(...), con la finalidad que de acuerdo a su competencia adopte las acciones pertinentes". Sexto. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, mediante Oficio N° 993-2017-OPJ-CNPJ-CEPJ, elevó a este Órgano de Gobierno los Informes Nros. 070 y 071-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través de los cuales informó sobre el cumplimiento de la publicación de las causas a ser vistas por las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia durante los períodos del 3 al 26 de julio de 2017; así como, del 31 de julio al 1 de setiembre de 2017, señalando lo siguiente: I. Período del 3 al 26 de julio de 2017. a) El 89 % de las Salas Superiores, han cumplido con publicar semanalmente la programación de sus causas a ser vistas, porcentaje superior al cumplimiento del 88 % logrado en el periodo del 5 al 30 de junio de 2017. b) De un total de 211 Salas Superiores existe un promedio semanal de 23 de ellas que han incumplido con publicar la programación de sus causas a ser vistas, de acuerdo a la relación que se adjunta por Anexo 1. c) Los Colegiados A, B, C, D y E y la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones de la Sala Penal Nacional, han cumplido con la publicación semanal de sus causas a ser vistas; asimismo, el Administrador del Módulo Penal del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, viene remitiendo la relación de causas a ser vistas semanalmente por los órganos jurisdiccionales pertenecientes a dicho Sistema Especializado. II. Período del 31 de julio al 1 de setiembre de 2017. a) El 88 % de las Salas Superiores, han cumplido con publicar semanalmente la programación de sus causas a ser vistas, porcentaje inferior al cumplimiento del 89 % logrado en el periodo del 3 al 26 de julio de 2017. b) De un total de 211 Salas Superiores existe un promedio semanal de 26 de ellas que han incumplido con publicar la programación de sus causas a ser vistas, de acuerdo a la relación que se adjunta por Anexo N° 2. c) Los Colegiados A, B, C, D y E y la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones de la Sala Penal Nacional, han cumplido con la publicación semanal de sus causas a ser vistas; asimismo, el Administrador del Módulo Penal del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, viene remitiendo la relación de causas a ser vistas semanalmente por los órganos jurisdiccionales pertenecientes a dicho Sistema Especializado. Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo

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