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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2018 (31/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 El Peruano / Artículo Décimo .- Disponer que los jueces de los órganos jurisdiccionales transitorios prorrogados en la presente resolución, remitan al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, un informe detallando los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fin al proceso y sentencias expedidas notificadas y sin notificar; b) Listado de expedientes en trámite por año, que se encuentran pendientes de resolución final; c) Listado de Expedientes en Trámite por año que se encuentren listos para sentenciar; d) Número de Expedientes en Ejecución; y e) Dificultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, calificación argumentada de su desempeño en “Bueno”, “Regular” o “Bajo”; así como, si se encuentra debidamente capacitado, esto con la finalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. Artículo Undécimo .- Las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país veri fi carán el desempeño de los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de noviembre de 2017 sea inferior al 75% de su estándar anual de producción; debiendo informar sobre dicho resultado a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Duodécimo .- Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro continuo, completo y sin inconsistencias de la información estadística correspondiente a sus órganos jurisdiccionales, en el Sistema Integrado Judicial y Formulario Estadístico Electrónico (SIJ-FEE), de acuerdo a los disposiciones establecidas en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, considerando que dicha información sirve de base para las diversas evaluaciones técnicas y posteriormente para la toma de decisiones. Artículo Décimo Tercero .- Mantener como política institucional que durante el proceso de descarga de expedientes de los órganos jurisdiccionales destinados para tal fi n, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo, reciban los expedientes de los órganos jurisdiccionales menos productivos, los cuales serán reubicados a otro Distrito Judicial. Artículo Décimo Cuarto .- Reiterar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país supervisen el cumplimiento de lo dispuesto de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 419-2014-CE-PJ, la cual establece en el Capítulo VII, numeral 7.1, literal a), que “Los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga asignados para el apoyo de los órganos jurisdiccionales permanentes, recibirán para tramitar exclusivamente expedientes principales de la carga procesal pendiente denominada “carga inicial”, con una antigüedad mayor a cuarenta y ocho meses contados desde la fecha de inicio de actividades del órgano jurisdiccional transitorio y/o entrada en vigencia de la presente Directiva, no incluyendo los que se encuentren en archivos transitorios ni los de reserva, ni expedientes en ejecución.” , estableciéndose en el literal b), que “Se encuentran exceptuados de lo dispuesto anteriormente, los órganos jurisdiccionales liquidadores de la antigua Ley Procesal del Trabajo y del Código de Procedimientos Penales, salvo disposición expresa del Consejo Ejecutivo a propuesta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial” . Artículo Décimo Quinto .-Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cina de Productividad Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1611844-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Revalidan inscripción de peritos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2018 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 054-2018-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2018VISTOS; El O fi cio N° 068-2018-USJ-CSJLI-PJ cursado por la Unidad de Servicios Judiciales; y el Informe N° 011-2018-AL-CSJLI/PJ de la O fi cina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO; Que, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia mediante Resolución Administrativa Nº 009-2018-P-CSJLI-PJ de fecha 09 de enero de 2018 dispuso la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales para el Año Judicial 2018, que se encuentran en la Nómina de Peritos Judiciales aprobada por Resolución Administrativa Nº 751-2016-P-CSJLI-PJ, con excepción de los peritos no inscritos en el REPEJ 2016-2017; conforme a las reglas que la misma resolución indica, acorde con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ que aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales; Que, mediante el o fi cio de vistos, la Unidad de Servicios Judiciales, remite el Informe del Área de Servicios Judiciales y Recaudación N° 002-2018-REPEJ-ASJR-CSJLI/PJ de fecha 26 de enero de 2018, mediante el cual indica que son 569 el total de peritos judiciales inscritos, de los cuales, señala que los peritos judiciales Ávila Torpoco Alipio Juvencio y Jara Salcedo Luisa Vilma fallecieron, los peritos judiciales Miranda Fernández Yimi William, Romero Caballero Juan Alejandro, Asmat Sánchez Edgardo Estaban y Navez Alva Willy Alexander no pagaron inscripción, el perito judicial Cornejo Sandoval Peggy se retiró al inicio del año 2016 y el perito judicial Toledo Chirinos Juan Raúl se incorporó a la nómina de peritos luego de fi nalizado su vinculo laboral con el Poder Judicial, quedando un total de 562 peritos judiciales activos para revalidar su inscripción para el año 2018, debiendo cumplir con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 009-2018-P-CSJLI-PJ; Que, el citado informe explica e individualiza a los 44 peritos judiciales que no presentaron sus correspondientes solicitudes de revalidación, así como también indica que 04 peritos judiciales presentaron sus solicitudes extemporáneamente (Montrone Lavín Miguel Ángel, Montesinos Aguilar Luis Gerardo, Lucas Solís Joaquina Julia y Romero Limachi Félix Dionisio); habiendo presentado sus correspondientes solicitudes de revalidación 514 peritos judiciales (contando el señor Loja Más Armando con las especialidades de Dactiloscopía y Grafotecnia); de los cuales la señora Helldy Vizcarra Pineda no pertenece a la nómina de peritos 2016-2017 aprobada por Resolución Administrativa Nº 751-2016-P-CSJLI-PJ; Que, en tal virtud presentaron válidamente sus solicitudes de revalidación un total de 513 peritos judiciales (contando el señor Loja Más Armando con las especialidades de Dactiloscopía y Grafotecnia),