Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

Artículo 4.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual se excluyen a los siguientes sujetos obligados del alcance del artículo 1 de la Norma para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo aprobada por Resolución SBS N° 486-2008: "Artículo 1.- Alcance (...) A. Las personas jurídicas que: 1. Reciban donaciones o aportes de terceros, siempre que no sean supervisadas por APCI o el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones. B. Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a: (...) 4. El comercio de antigüedades. (...) 8. La gestión de intereses en la administración pública, según la Ley Nº 28024. (...) 10. Los martilleros públicos. (...)". Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1612546-1

Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 008-17/ MCPSMH, fue prorrogado el Beneficio Tributario y No Tributario, establecido en la Ordenanza Nº 124-2017/ MCPSMH, hasta el 31 de enero del presente año. Que, la Gerencia de Administración Tributaria de acuerdo al Informe de Vistos, señala que, pese a las acciones realizadas por esta Administración Tributaria con sus Sub Gerencias para poder reducir el grado de morosidad, aún persiste un porcentaje de contribuyentes que se encuentran en calidad de morosos u omisos a la presentación de su declaración jurada, así como también que hay un grupo de personas que no han realizado el pago de sus multas administrativas, por lo que, se hace necesario prorrogar el Régimen de Incentivos Municipales Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, por lo que propone prorrogar el plazo de vencimiento, hasta el 28 de febrero del 2018. Que, mediante el Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal favorable respecto a la ampliación del Beneficio Tributario y No Tributario, puesto que se encuentra facultado el Alcalde por Ordenanza Nº 124-2017/MCPSMH, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 124-2017/MCPSMH, por el cual se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prórroga de la vigencia de la mencionada norma. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero del 2018 el Régimen de Incentivos Municipales Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Centro Poblado de Santa María de Huachipa Beneficio Tributario, establecido en la Ordenanza Nº 124-2017/ MCPSMH. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1612725-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Prorrogan Régimen de Incentivos Municipales Tributarios y No Tributarios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-18/MCPSMH PRÓRROGA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA Nº 124-2017/MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 30 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA VISTO: El Informe Nº 013-2018-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria así como el Informe Nº 025-18-GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 124-2017/MCPSMH, se aprobó el Régimen de Incentivos Municipales Tributarios y No Tributarios; en la Jurisdicción del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, el mismo que estuvo vigente desde el 1º de diciembre del 2017 hasta el 29 de diciembre del 2017.

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Aprueban reconversión de términos porcentuales del monto de derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA, en base a la UIT del año 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2018-MDJM Jesús María, 25 de enero de 2018

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