Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2018 (09/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
REQUISITOS Nº

Viernes 9 de febrero de 2018 /

El Peruano
DERECHO DE TRAMITACIÓN (UIT= 4,150) (% UIT) S/.

DENOMINACIÓN (g) El inicio de la ejecución de las obras autorizadas con la Licencia de Edificación, a excepción de las obras preliminares, tiene que presentar hasta dos (02) días hábiles antes de la fecha de inicio de obra, el anexo H debidamente suscrito, la Póliza CAR (Todo Riesgo Contratista) que incluya la Póliza de Responsabilidad Civil, copia del recibo de pago por revisión técnica, Cronograma de visitas de Inspección. (h) La licencia tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha de su emisión, prorrogable por doce (12) meses calendarios y por única vez (i) El informe Técnico favorable de los Revisores Urbanos es emitido por los Revisores Urbanos debidamente certificados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

1614707-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. y Jardines y Seguridad Ciudadana aprobados por Ordenanza Municipal Nº 033-2017, con la cancelación total del tributo. Artículo 2.- Prorrogar el descuento del 5% sobre la deuda total insoluta de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana aprobados por Ordenanza Municipal Nº 0332017, para los que efectúen la cancelación total entre el 01 al 30 de marzo del 2018. Artículo 3.- Establecer como fecha de vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero el 30 de marzo del 2018. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1614770-1

Prorrogan descuentos sobre la deuda total insoluta de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2018-MPC-AL Callao, 31 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Considerando: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre del 2017, se aprobó la Ordenanza Municipal que aprueba para el Ejercicio 2018 en el Cercado del Callao, la vigencia de las tasas de los Arbitrios Municipales del año 2017, aprobadas por Ordenanza Municipal Nº 36-2016; Que, la Quinta Disposición Final y Transitoria de la acotada Ordenanza señala que los contribuyentes que hasta el 31 de enero, opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del referido ejercicio, tendrán un descuento del 8% sobre el monto de la deuda insoluta, así también el mismo artículo señala que en caso de producirse dicha cancelación total entre el 01 y el 28 de febrero, los contribuyentes obtendrán el 5% de descuento sobre el monto insoluto de dicho ejercicio; Que, la Novena Disposición Final y Transitoria de dicha Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 36-2016, así como la prórroga del vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales que la acotada Ordenanza dispone; Que, se ha verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse al pago puntual de los mismos, por lo que resulta conveniente prorrogar los Beneficios otorgados en la Ordenanza Municipal Nº 033-2017; Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y Administración Tributaria y Rentas y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Decreta: Artículo 1.- Prorrogar hasta el 28 de febrero del 2018 el descuento del 8% sobre la deuda total insoluta de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques

Designan funcionario encargado de la fase instructora de los procedimientos administrativos sancionadores que correspondan a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2018-MPC-AL Callao, 5 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 28607 ­ Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194° de la Constitución Política del Perú; en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 000009 de fecha 25 de junio del 2001 y modificatorias, se delegaron facultades resolutivas a las Gerencia Generales y Gerencias de la Municipalidad Provincial del Callao;

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