Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2018 (09/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
REQUISITOS Nº Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, Art. 10, 25, Decreto Supremo N° 011-2017-VIVIENDA, Art. 3, 54.3, 57, 58, 60, 61 65, 66. Ley N° 30230 Ley Que Establece Medidas Tributarias, Simplificación De Procedimientos y Permisos Para la Promoción Y Dinamización De La Inversión En El País Ordenanza Municipal N° 0262014 (26.12.14)

Viernes 9 de febrero de 2018 /

El Peruano
DERECHO DE TRAMITACIÓN (UIT= 4,150) (% UIT) S/.

DENOMINACIÓN por cada especialidad. En caso de ampliación o de remodelación con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso además indicar en plano la diferencia de la edificación proyectada de la edificación existente, la cual debe contar con licencia de construcción, licencia de edificación, declaratoria de fabrica o conformidad de obra y declaratoria de edificación.

12 Plano de seguridad y evacuación, cuando se requiera la intervención de los delegados Ad Hoc del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres CENEPRED 13 Plano de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso, y de acuerdo a lo establecido en el Art. 33 de la Norma Técnica E 050 "Suelo y Cimentaciones "del RNE, acompañado de la Memoria descriptiva que precise las características de la obra además de las edificaciones colindantes; indicando el número de pisos y sótanos; complementando con fotos Esta documentación debe ser presentada en archivo digital (01 juego) 14 Certificado de Factibilidad de Servicios para obra nueva de vivienda multifamiliar o fines diferentes al de vivienda, asimismo en caso de ampliacion de vivienda Multifamiliar, obras de remodelacion de vivienda Unifamiliar a Multifamiliar o a otros fines diferentes al de vivienda 15 Estudio de Mecánica de Suelos, según los casos que establece el RNE. 16 Certificación Ambiental, excepto para las edificaciones de vivienda, comercio y oficinas en áreas urbanas, ubicadas dentro de una jurisdicción municipal destinada a usos urbanos, que cuentan con servicios de agua, alcantarillado, electrificación, vías de comunicación y vías de transporte. 17 Estudio de Impacto Vial, aprobado por las entidades competentes , únicamente en los casos que el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE lo establezca y que se desarrollen conforme a dicho reglamento, salvo que los documentos y planos del proyecto presentado contemplen los criterios, condiciones, características, alcances y requisitos exigidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones 18 En caso se solicite Licencia de Edificación para Remodelación, Ampliación o Puesta en Valor Histórico deberá presentarse lo siguiente: a) Planos de arquitectura deben contener: - Plano de Levantamiento de la edificación existente, que grafique los elementos a eliminar, ampliar y/o remodelar - Plano de la edificación resultante - Para obras de Puesta en Valor Histórico deben graficar los elementos arquitectónicos con valor histórico monumental propios de la edificación, identificándolos claramente y diferenciando aquellos que serán objeto de restauración, reconstrucción o conservación, de ser el caso. b) Planos de estructura debe diferenciar los elementos estructurales existentes, los que se eliminarán y los nuevos, detallando adecuadamente los empalmes. c) Planos de instalaciones deben: - Diferenciar claramente las instalaciones que se van a incorporar y las que se eliminan, detallando adecuadamente los empalmes. - Evaluar la factibilidad de servicios teniendo en cuenta la ampliación de cargas de electricidad y de dotación de agua potable. 19 La documentación Técnica deberá contener el sello Conforme y 11.30% 469.00

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