Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de febrero de 2018 /

El Peruano

Distrito Judicial, deberá realizarse en el término de DOS DÍAS de notificada que sea la presente resolución. Los expedientes redistribuidos deberán encontrarse con sus anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos y foliados, con todos sus escritos; asimismo se deberá cautelar el no quiebre de los juicios, conforme al artículo decimocuarto de la Resolución Administrativa Nº 039-2018-CE-PJ. Artículo Cuarto.- DISPONER el cierre de turno, con efectividad al 01 de enero de 2018, del Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito Judicial de Ventanilla para el ingreso de Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales y la antigua Ley Procesal de Trabajo ­Ley Nº 26636. Artículo Quinto.- DISPONER que el Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito Judicial de Ventanilla continúe con la tramitación de la carga recibida al 01 de enero de 2018, de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales, y la antigua Ley Procesal de Trabajo ­Ley Nº 26636. Artículo Sexto.- DISPONER la apertura del turno de los Juzgados Civiles del Distrito Judicial de Ventanilla, para el trámite de los procesos laborales con sub especialidad Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP), y la antigua Ley Procesal de Trabajo ­Ley Nº 26636 (ALPT), a partir del 01 de enero de 2018. Artículo Sétimo.- DISPONER que los expedientes judiciales los procesos laborales con sub especialidad Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP), y la antigua Ley Procesal de Trabajo ­Ley Nº 26636 (ALPT), que hayan sido puestos a archivo provisional o definitivo, en caso de desarchivamiento, sean tramitados ante las dependencias de origen, y no por los órganos jurisdiccionales de la Nueva Ley Procesal de Trabajo. Artículo Octavo.- DISPONER que los señores Magistrados adopten las acciones pertinentes a fin de evitar el quiebre de juicios en los órganos jurisdiccionales a su cargo. Artículo Noveno.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital, Administración del Módulo Básico de Justicia y Administración del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, realice las coordinaciones pertinentes e informe a esta Presidencia de los avances, en la recepción y redistribución de expedientes remitidos por los órganos jurisdiccionales señalados en la presente resolución. Artículo Décimo.- DISPONER que los responsables de las Oficinas de Informática y Estadística en coordinación con la Administración del Módulo Corporativo Laboral, efectúen las adecuaciones en el Sistema Integrado Judicial ­ SIJ. Artículo Décimo Primero.- PONER la presente Resolución, en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para que vele por su cabal cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Décimo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, de la Administración Distrital, Administración del Módulo Básico de Justicia, Administración de las Sedes de Periféricos, Administración del Módulo Corporativo Laboral, de la Oficina de Imagen Institucional y de los señores Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1615774-4

ORGANISMOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Planes Anuales de Control 2018 de Órganos de Control Institucional de diversas entidades
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 043-2018-CG Lima, 6 de febrero de 2018 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00011-2018-CG/ GDE de la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico, mediante la cual propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2018 de cincuenta (50) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de esta Entidad Fiscalizadora Superior aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, el numeral 6 del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 028-2017-CG de 09 de marzo de 2017, señala entre las funciones del Departamento de Planeamiento, proponer la aprobación de los Planes Anuales de Control (PAC); Que, mediante Resolución de Contraloría N° 4892017-CG de 29 de diciembre de 2017 se aprobó los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control ­ año 2018" y la Directiva N° 006-2017-CG/GDE "Directiva de Programación, Seguimiento y Evaluación del Plan Anual de Control 2018 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, seguimiento y evaluación de los Planes Anuales de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada Directiva establece en los numerales 7.2.1, 7.2.2 y 7.2.3 que, el OCI elabora y registra el proyecto de PAC en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web), debiendo remitirlo a la unidad orgánica de la Contraloría General de la República de la cual depende, los cuales serán revisados y validados por dichas unidades orgánicas, la cual de encontrarlos conformes, los remite por el SCG Web al Departamento de Planeamiento, el que procede a la revisión selectiva y consolidación de los mismos, y luego la eleva a la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico, quien tramita su aprobación ante el Despacho Contralor; Que, mediante Resoluciones de Contraloría N°s. 0362018-CG de 29 de enero de 2018 y 038-2018-CG de 01 de febrero de 2018, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2018 de seiscientos setenta y uno (671) Órganos de Control Institucional de las entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2018 de cincuenta (50) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de la Contraloría General de

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