Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Sábado 10 de febrero de 2018 /

El Peruano

060-2017-SUNAT/800000 se designó a la trabajadora Emperatriz Adriana Aparicio Carlos como Fedataria Administrativa Titular de la Intendencia Regional Arequipa; Que por necesidad del servicio, se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se refieren los considerandos precedentes y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares y Fedataria Administrativa Alterna de la Intendencia Regional Arequipa; En uso de la facultad conferida por el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos efectuadas mediante Resolución de Superintendencia N° 133-2014-SUNAT, Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 008-2014-SUNAT/800000, N° 118-2016-SUNAT/800000 y N° 060-2017-SUNAT/800000, a los siguientes trabajadores: Fedatarios Administrativos Titulares - EMPERATRIZ ADRIANA APARICIO CARLOS - PAOLA TERESA ZEBALLOS ALBAN - HELARD JUSTO AYALA FERNANDEZ - ROMULO AUGUSTO ANCO GUTIERREZ Fedatarias Administrativas Alternas - LUSGAYDA ILUSION TRIVIÑOS PINEDA - SILDA VALDEZ VELAZCO Artículo 2.- Designar como Fedatarios Administrativos Titulares y Fedataria Administrativa Alterna de la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Administrativos Titulares - LOURDES TELLES VELASQUEZ - ROYCE JESUS MARQUEZ OPPE Fedataria Administrativa Alterna - PATRICIA MARIA DIAZ NUÑEZ Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGNET CARMEN MARQUEZ RAMIREZ Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1615232-1

El Oficio N° 105-2018-P-AL-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca hace de conocimiento que por Ley N° 27667, publicada el 15 de febrero de 2002, se declaró al Carnaval de Cajamarca como Fiesta Nacional. Asimismo, la Municipalidad Provincial de Cajamarca ha declarado el 12 de febrero del año en curso día festivo en la jurisdicción del Distrito de Cajamarca, con ocasión del "Día Central de la Celebración del Carnaval Cajamarquino 2018"; motivo por el cual solicita la suspensión de las labores en los órganos jurisdiccionales y administrativos ubicados en los Distritos de Cajamarca y Baños del Inca. Segundo. Que el Gran Corso del Carnaval de Cajamarca se realizará el 12 de febrero del presente año; por lo que, a fin de mantener la seguridad, se cortará el fluido eléctrico y existirá restricciones en el tránsito vehicular; y, en atención a ello, resulta pertinente disponer, con arreglo a la competencia legal que corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la suspensión de las labores administrativas y jurisdiccionales por razones de seguridad y en resguardo del servicio de justicia en las dependencias ubicadas en las ciudades de Cajamarca y Baños del Inca; debiéndose reprogramar las diligencias que no se desarrollen, en la fecha de suspensión del despacho judicial. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 131-2018 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Suspender el despacho judicial y las labores en los órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas del Distrito Judicial de Cajamarca, ubicados en los Distritos de Cajamarca y Baños del Inca, por el día 12 de febrero del presente año; por razones de seguridad. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General del Poder Judicial, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución; asi como, para el mantenimiento del servicio de justicia en los ámbitos en los que por su naturaleza éste resulta de atención inmediata. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales procedan a reprogramar las diligencias establecidas, para fecha más próxima. Artículo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, en el periodo más próximo, programará la recuperación de las horas dejadas de laborar. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Fiscalía de la Nación, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1615794-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Suspenden el despacho judicial y las labores en los órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas del Distrito Judicial de Cajamarca, ubicados en los Distritos de Cajamarca y Baños del Inca, por el día 12 de febrero
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 057-2018-CE-PJ Lima, 7 de febrero de 2018

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